Bienes Raíces
F29 - IVA y F50
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El Servicio de Impuestos Internos, al recibir su información, evalúa los antecedentes y le entrega al contribuyente información general y no particular, lo que le permitirá realizar gestiones para solucionar el problema planteado.
No obstante lo anterior, la información que se entrega no reemplaza los procedimientos y plazos regulados por la normativa vigente. Tampoco entrega asesoría tributaria ni información privada, resguardada por el secreto tributario (Circular Nº 43 del 24 de Julio de 1998 artículo 35 del Código Tributario).
Si usted ya ingresó su consulta por alguno de nuestros canales, por favor espere la respectiva respuesta a través de la misma vía (teléfono, por escrito o correo electrónico).
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