PROBLEMAS Y QUEJAS

Sr Contribuyente:

De acuerdo a la Ley 20.727, de 2014, será obligatorio emitir los documentos tributarios, en forma electrónica, en reemplazo de los documentos en papel, según los plazos que señala la Ley.

Para las grandes empresas, el plazo es desde el 01 de Noviembre de 2014. Para las Empresas de Menor Tamaño (EMT), con ingresos anuales entre 2400 a 100000 UF (urbanas y rurales), Agosto 2015 y Febrero de 2016, respectivamente. Para las EMT con ingresos iguales o inferiores a 2400 UF (urbanas y rurales), Febrero 2016 y Febrero 2017, respectivamente. Si tiene dudas, infórmese aquí.


Seleccione el tema de su problema o queja.

CARACTERISTICAS DEL SERVICIO

El Servicio de Impuestos Internos al recibir un problema o queja, evalúa los antecedentes y le entrega al contribuyente información general y no particular, que le permite realizar acciones para solucionar el problema planteado.

No obstante lo anterior, la información que se entrega no reemplaza a los procedimientos y plazos regulados por la normativa vigente; no entrega asesoría tributaria ni información privada resguardada por el secreto tributario (Circular Nº 43 del 24 de Julio de 1998. Art. 35 del C.T.).

Si usted necesita asistencia inmediata, por favor contáctese con la Mesa de ayuda telefónica o bien diríjase a las Oficinas del SII; ya que la respuesta en primera instancia puede demorar 2 semanas, contando de lunes a viernes.