Para las declaraciones juradas F1889, F1890, F1892, F1896 y 1898 no existen softwares
certificados ni software básico. El contribuyente deberá solicitar las especificaciones
de presentación a través de e-mail a la dirección dj@sii.cl
indicando como asunto "Solicitud de Declaración Jurada Sin Software" y
adjuntando la siguiente información: Número de Formulario, nombre empresa, RUT, ciudad,
teléfono, fax, e-mail y contacto. Por ejemplo:
Solicita instrucciones de formulario : 1892
Nombre Empresa : INTERFORES S.A.
RUT : 90.000.000-K
Dirección : Las Animas 233
Ciudad : Concepción
Teléfono : (41) 303344
Fax : (41) 301400
e-mail : integra@cor.cl
Contacto : Henry Contreras |
Se recibirán sólo solicitudes de especificación correspondientes a las declaraciones
F1889, F1890, F1892, F1896 y 1898
4.2. Quiénes deben
utilizar INTERNET
Los contribuyentes que en virtud de lo dispuesto en la Resolución Exenta N°4228 de
24.06.99, estén autorizados para llevar sus libros de contabilidad en hojas sueltas por
medios computacionales y cuyas ventas y/o servicios anuales hubieren sido superiores a $
300.000.000.- nominales al 31 de diciembre del año anterior a aquel en que deben
presentarse las Declaraciones Juradas, deberán presentar éstas mediante transmisión
electrónica de datos vía INTERNET, conforme a lo dispuesto por la Res. Ex. Nº5943, D.O.
08.09.1999, modificada por Res. Ex. Nº5225, D.O. 30.11.2000.
La obligación precedente no regirá para aquellos contribuyentes que previamente hayan
solicitado autorización al Servicio para eximirse de tal exigencia en los términos que
lo especifica la Resolución mencionada anteriormente.
4.3. Quiénes pueden
utilizar INTERNET
Esta opción está disponible para todas las personas, empresas o instituciones. En el
caso de las empresas o instituciones que estén obligadas a informar los antecedentes a
través de archivos computacionales, esta opción es obligatoria y podrán hacerlo por
transferencia electrónica de archivos preparados con formularios electrónicos, Softwares
certificados por el SII o con Softwares Básicos gratuitos disponibles en la página WEB
del Servicio. Para presentar la declaración por cualquiera de las vías antes indicadas,
se deberá contar con una Clave Secreta, cuya obtención se describe en el punto 4.5
siguiente.
Los contribuyentes que realicen las declaraciones vía INTERNET tendrán múltiples
beneficios, evitarán errores y problemas de forma, tendrán extensiones de plazo, mayor
seguridad, atención preferencial, facilidades de presentación, condonaciones de multas,
etc.
Si por congestión de la red en el envío de declaraciones a través del WEB, se ve
impedido de declarar dentro de los plazos establecidos, el Servicio prorrogará dichos
plazos, condonando la totalidad de las sanciones estipuladas. Esto sólo rige para
aquellos contribuyentes que declaren vía INTERNET.
Además, los contribuyentes podrán obtener toda la información necesaria del
funcionamiento detallado de la aplicación consultando la página WEB del Servicio, www.sii.cl, o bien, obtener soporte técnico a través, del teléfono (2) 395 11 15 y del
fax (2) 672 35 19, que el SII pondrá a disposición a través de la Mesa de Ayuda
INTERNET, para realizar consultas.
4.4. Requerimientos técnicos
Para el funcionamiento óptimo del Sistema INTERNET, se requiere contar con un PC con
las siguientes características, como mínimo:
Sistema
Operativo |
- Microsoft Windows 3.1
- Microsoft Windows 3.11
- Microsoft Windows 95
|
Navegador
de INTERNET |
- Microsoft INTERNET Explorer 4.0
- Netscape Navigator 4.0
|
4.5. Obtención de Clave
Secreta
Si no ha obtenido ya una Clave Secreta de acceso, podrá optar por una de las
siguientes opciones:
a) Obtención de Clave Secreta con folio
del Formulario de Declaración de Renta (Formulario 22) o Declaración de Iva (formulario
29): puede registrar una Clave Secreta, ingresando su Nº de Rut y el número de folio del
formulario de Renta del Año Tributario 2000 ó 2001 o bien, dos folios de las
declaraciones de IVA de los últimos 14 meses. En el caso que el contribuyente haya
rectificado su declaración debe ingresar el folio de esta última (la nueva declaración
que reemplazó a la original).
b) Obtención de Clave Secreta: con
información personal: puede registrar su clave secreta con inormación personal de
identificación.
c) Obtención de Clave Secreta: si no tiene
los antecedentes para ingresar utilizando los puntos a) o b), entonces debe realizar una
solicitud de Clave Secreta. Es recomendable efectuar esta solicitud con anticipación a la
fecha de envío.
La forma de operación en cada una de las
opciones se detalla a continuación:
Caso a): Obtención de Clave Secreta con
Información de Renta e IVA
Si cuenta con el número de folio de la
Declaración de Renta del Año Tributario 2000 ó 2001, debe seleccionar la opción
"Obtención de Clave Secreta con Información de Renta e IVA" para registrar una
Clave Secreta. La pantalla que verá, se aprecia en la siguiente figura:

En la pantalla "Obtención de Clave Secreta con
Información de Renta e IVA", debe ingresar los siguientes datos:
- Razón Social o Nombre. (Obligatorio)
- Dirección. (Obligatorio).
- Número de Fax (Opcional).
- Correo electrónico(Obligatorio): Debe ingresar su
dirección e-mail. Este dato será verificado por el SII. En caso que no aparezca o esté
erróneo, no se le otorgará Clave Secreta.
- Teléfono: Con (sin) Clave de ciudad.
- Contacto: Nombre de persona responsable del ingreso de la
Clave Secreta. (Opcional).·
- Ingrese Clave Secreta: El contribuyente ingresa la Clave
Secreta, la cual puede contener letras y números con un máximo de 10 caracteres.
- Reingrese Clave Secreta: Se solicita reingresar Clave
Secreta, para fines de comprobación.
- Pregunta 1 (Obligatoria). Selecciona, de un set de diez, la
pregunta que desea que le hagan en caso de olvidar su Clave Secreta.
- Respuesta 1 (Obligatoria): Responde la pregunta
seleccionada.
- Pregunta 2 (Obligatoria). Selecciona, de un set de diez, la
segunda pregunta que desea que le hagan en caso de olvidar su Clave Secreta.
- Respuesta 2 (Obligatoria): Responde la segunda pregunta
seleccionada.
Caso b): Obtención de Clave
Secreta - Con información personal
Si decide esta opción de obtención de clave secreta, la pantalla le ofrecerá completar
algunos datos personales relacionados con su identificación.
Caso c): Solicitud de Clave Secreta - No declarantes
Para poder solicitar una Clave Secreta, el
contribuyente no debe tener ingresadas en el sistema ninguna Declaración de Renta vigente
(Formulario 22) o declaraciones de IVA (F29). En este caso debe seleccionar la opción
"Solicitud de Clave Secreta".
En una solicitud de Clave Secreta el contribuyente debe ingresar los siguientes datos:
- Número de RUT (Obligatorio).
- Razón Social o Nombre. (Obligatorio).
- Dirección. (Obligatorio).
- Correo electrónico (Obligatorio): Debe ingresar su
dirección e-mail. Este dato será verificado por el SII. En caso que no aparezca o esté
erróneo, no se le otorgará Clave Secreta.
- Número de teléfono. (Obligatorio).
- Número de fax (Opcional).
- Ingrese Clave Secreta: El contribuyente ingresa la Clave
Secreta, la cual puede contener letras y números con un máximo de 10 caracteres.
- Reingrese Clave Secreta: Se solicita reingresar Clave
Secreta, para fines de comprobación.
- Pregunta 1 (Obligatoria). Selecciona, de un set de diez, la
pregunta que desea que le hagan en caso de olvidar su Clave Secreta.
- Respuesta 1 (Obligatoria): Responde la pregunta
seleccionada.
- Pregunta 2 (Obligatoria). Selecciona, de un set de diez, la
segunda pregunta que desea que le hagan en caso de olvidar su Clave Secreta.
- Respuesta 2 (Obligatoria): Responde la segunda pregunta
seleccionada.
La pantalla "Obtención de Clave Secreta" se
aprecia en la siguiente figura:

4.6. Cambio de Clave Secreta u
otros datos
Esta opción se utiliza cuando el
contribuyente quiere cambiar su Clave Secreta u otros datos personales. Debe seguir el
siguiente procedimiento:
a) Ingresar al módulo de cambio de datos del contribuyente. Puede cambiar tanto sus datos
personales como su Clave Secreta. En este caso debe ingresar los siguientes datos:
- Número de RUT (Obligatorio).
- Clave Secreta (Obligatorio).
b) Luego podrá cambiar (si lo desea)
cualquiera de los siguientes datos :
c) Si decide cambiar su Clave Secreta debe ingresar
además los siguientes datos:
- Clave Secreta nueva (Obligatorio).
- Confirmación de la Clave Secreta nueva (Obligatorio).
4.7. Envío de Declaraciones
Para el envío de Declaraciones, se puede
usar el Formulario en pantalla de la aplicación Web del Servicio o bien, enviar los
archivos a través de los Sofwares mencionados.
Formulario electrónico:
Es un formulario en pantalla, donde el Contribuyente, previa autenticación, debe
seleccionar el Formulario que va a ingresar y el año tributario. Luego de haber
seleccionado el formulario, este se despliega en pantalla, tras lo cual el Contribuyente
puede comenzar a digitar los datos, realizándose las validaciones de formato y lógicas.
Luego de terminar el ingreso de datos, se procede a enviar el formulario siendo ingresado
en las Bases del Servicio a la espera de ulteriores validaciones. Ante cualquier problema
será avisado en su correo electrónico.
Esta opción es válida sólo para el
envío de los formularios números 1879, 1887 y 1897, con un máximo de 10 informados por
formulario.
Ver
Imagen
Software Básico Gratuito Provisto por el
SII:
Este corresponde al Software que se distribuirá sin costo a través de la página WEB del
Servicio, www.sii.cl. El contribuyente deberá seleccionar
el Software básico de la declaración jurada que desea preparar y presentar.
Una vez bajado, podrá trabajar libremente en su PC, pudiendo cerrar la conexión a
INTERNET y abrirla en el momento de hacer el envío (Upload) de archivos. En este caso el
software básico permitirá enviar un archivo por cada declaración jurada.
El Software realizará validaciones lógicas, matemáticas y de formato, previo al envío
de la declaración.
Softwares Autorizados por el SII:
El contribuyente hace el llenado de los formularios a través de estos Softwares, los que
validan el ingreso de datos y guardan la información en formatos especiales para el
posterior envío del archivo por la red, llamado también Upload. En este caso el
contribuyente puede enviar un archivo por Declaración Jurada o bien un archivo con más
de una declaración de un mismo informante.
Una vez que se tiene el archivo generado
por alguno de los Softwares mencionados, se procede al envío al SII a través de
INTERNET.
En ambos casos, el contribuyente debe
ingresar la información en cada uno de los campos según corresponda.
Una vez que se complete la información del formulario, el contribuyente deberá ingresar
al sistema de INTERNET, seleccionar la opción de envío de declaraciones Juradas. En esta
opción, seleccionar el botón enviar y esperar la respuesta del Servicio. La respuesta
del Servicio consiste en indicar que el envío ha sido exitoso e informar el folio de la
declaración.
Si no obtiene Nº de folio, se indicará el error cometido y el contribuyente deberá
seguir las instrucciones mostradas en pantalla, de manera de resolver los problemas
encontrados.
La pantalla para el envío de archivo de Declaraciones Juradas se aprecia en la siguiente
figura, la cual ha sido llenada con datos ficticios a modo de ejemplo:
Ver
Imagen
Posterior al envío, el contribuyente debe
esperar el mensaje correspondiente a la recepción exitosa por parte del Servicio de
Impuestos Internos, de acuerdo a lo que se indica en el siguiente punto. De existir algún
error, el SII le enviará un correo electrónico para comunicarle tal situación.
4.8. Comprobante de la declaración
Una vez que el contribuyente envió su declaración, debe esperar la respuesta en el
WEB del Servicio de Impuestos Internos. La declaración se considera enviada cuando se le
indica al contribuyente el número de folio de su declaración, sin embargo, ésta tendrá
sólo el carácter de recibida, pues será válidada en los sistemas internos. El número
de folio obtenido, es el comprobante de que la declaración ha sido enviada y podrá ser
consultado en el sitio WEB las veces que el contribuyente desee.
4.9. Consulta del estado de
su declaración
Independiente de la alternativa de
presentación utilizada, el contribuyente deberá consultar el estado de su declaración a
través de la opción "Consulta Estado Declaración Jurada" en la página WEB
del SII, al seleccionar esta opción se solicitará el RUT y Clave Secreta, de esta forma
el contribuyente podrá consultar si su declaración esta "recibida",
"aceptada", "observada" y rechazada.
A través de la opción señalada, el contribuyente deberá consultar el resultado de la
declaración, posterior a las validaciones que se le practicarán para determinar la
consistencia de la información entregada. Si el resultado de estas validaciones
determinará que la declaración presenta inconsistencias se entregará información
necesaria para rectificar la declaración, comunicando oportunamente a la dirección
electrónica proporcionada por el contribuyente.
La pantalla para consultas por el envío,
recepción y estado de su declaración Jurada se aprecia en la siguiente figura, la cual
ha sido llenada con datos ficticios a modo de ejemplo.
Ver imagen
4.10. Rectificatoria de declaraciones juradas a través de INTERNET
Una Declaración Rectificatoria eliminará completamente a la Declaración Jurada
original (o primitiva). Si la declaración que se desea rectificar fue enviada a través
de INTERNET, sólo podrá hacerlo una vez que haya obtenido la respuesta a dicha
declaración (folio).
Es importante destacar que a través de INTERNET, también es posible rectificar las
Declaraciones Juradas que fueron presentadas en papel. El contribuyente deberá presentar
la totalidad de la información que se encuentra obligado a declarar, no siendo admisible
que consigne en la nueva declaración a presentar sólo el antecedente que corrige, aún
cuando se trate de correcciones relativas a la identificación del informante, o de uno de
los informados.
El Declarante tendrá la posibilidad de
"anular" una declaración enviada por error, presentando una declaración
rectificatoria. La declaración inicial tomará la condición de anulada si la
rectificatoria presentada no contiene ningún dato informado en la sección B del
formulario.
Las instrucciones generales para la
Rectificación de Declaraciones Juradas están contenidas en el Capítulo 2 anterior de
este Suplemento.
La confección de una Declaración
Rectificatoria a través de INTERNET, puede ser realizada a través de cualquiera de los
medios disponibles en el WEB del SII, el llenado es idéntico al de una declaración
original, con la salvedad de que en esta nueva declaración se deberá indicar que el
"Tipo de Declaración" que presenta es rectificatoria, indicando el RUT y Folio
de la declaración que rectifica (para ello se debe utilizar el cuadro Tipo de
Declaración), si existe más de una a reemplazar se debe identificar la última
presentada.
La opción más eficiente para
presentar una declaración rectificatoria es a través de INTERNET, ya que permite
corregir la información, en un tiempo mínimo, directamente en las bases de datos del
SII, corrección que favorecerá al declarante y declarados en el no cuestionamiento,
durante el chequeo de control, de las declaraciones de los Impuestos Anuales a la Renta.
La presentación de rectificatorias por
INTERNET está favorecida con la condonación total o parcial de las multas, las que van
desde un 50% a un 100%. Este beneficio otorgado se debe al ahorro que el SII obtiene al
tener información electrónica directamente desde los contribuyentes, ahorro que el
Servicio traspasa, de esta forma, a este tipo de declarantes.
Se podrá rectificar por INTERNET,
cualquiera sea el medio que se haya utilizado para presentar la declaración original.
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4.11. Consulta del detalle de las declaraciones juradas enviadas
Los contribuyentes, agentes informantes o
retenedores, que envíen Declaraciones Juradas a través de INTERNET podrán consultar en
el sitio WEB del Servicio, con su RUT y Clave Secreta, datos de detalle y totales de la
información transmitida.
Ver imagen
Para ver el detalle de la declaración
presentada, se debe seleccionar el número de Folio lo cual desplegará la siguiente
pantalla:
Ver Imagen
Para ver el certificado solemne, que
corresponde al comprobante de envío de su declaración jurada, debe seleccionar la
columna "Ver Certificado Solemne", que deplegará lo que se muestra la siguiente
pantalla.
Ver Imagen
4.12. Consulta del detalle
de Giros emitidos
La opción Estado de los Giros Emitidos
contiene la información actualizada de los giros emitidos a un contribuyente por
Declaraciones Juradas presentadas fuera del plazo legal establecido. El acceso requiere de
una previa autenticación.
Ver imagen
Se emitirán dos copias, una Original para
Tesorería General de la República y un Duplicado para el contribuyente. Para el acceso a
esta página se requiere estar autenticado.
Ver
imagen
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