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5. PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES EN FORMULARIOS DE PAPEL

5.1 Características de los Formularios 18xx
5.2.Distribución de los Formularios
5.3.Confección de los Formularios
5.4. Número de Ejemplares en que deben emitirse
5.5. Firma de los Formularios
5.6. Lugar de presentación
5.7. Consulta del estado de su declaración
5.8 Rectificatorias a través de formularios de papel


5.1. Características de los Formularios 18XX

Los formularios de papel 18XX de Declaraciones Juradas Anuales, son de tamaño oficio, el espacio entre líneas permite el uso de máquinas de escribir o impresoras.
Estos formularios de papel se presentan solo en original, sin copia, entregándose al interesado un comprobante que contiene los datos generales de la declaración original presentada, el cual es entregado en el momento de la recepción de la declaración.


Los formularios para cada una de las Declaraciones Juradas han sido confeccionados nuevamente para este año tributario 2002, por lo tanto, la presentación de la declaración en formularios de años anteriores será motivo de rechazo por parte del Servicio de Impuestos Internos.

5.2. Distribución de los Formularios

La distribución de los formularios se hará a partir del 15 de enero del año 2002, de la siguiente manera:

  • Los ejemplares de los formularios 1811, 1812, 1813, 1821, 1822, 1823, 1824, 1879, 1884, 1885, 1886, 1887, 1893 y 1897, estarán disponibles en forma gratuita y restringida, en todas las Direcciones Regionales y Unidades del Servicio de Impuestos Internos correspondiente al domicilio del declarante.

  • Las empresas que tienen la obligación de presentar sus declaraciones en los formularios 1811, 1812, 1813, 1821, 1823 y 1885, deberán indicar para su retiro claramente el nombre de la empresa, RUT, ciudad, comuna, teléfono, fax, e-mail y nombre de la persona que se responsabiliza ante el SII de la solicitud de pedido, ya sea personal de la empresa o contador externo que la representa. Esta solicitud deberá ser presentada ante la oficina del SII que le corresponda al solicitante.

A continuación se detalla un ejemplo de la solicitud de las formularios:

Formularios Solicitados    1811, 1812, 1813,1821,1823 y 1885

Nombre empresa              

LICORES DE LA TORRE S.A.

RUT                                   

9.100.100-K

Ciudad                               

Los Angeles.

Teléfono                           

(43) 7777777

Fax

(45) 5555555

e-mail

Lic.adm@torres.cl

Contacto

Ricardo H. Torres Marin, Contador

Es necesario recordar que los formularios se actualizan todos los años, por lo tanto, no es necesario tener stock.


5.3. Confección de los Formularios

Los respectivos formularios deberán confeccionarse utilizando alguno de los Softwares autorizados para el llenado de éstos, de no ser posible lo anterior deberán confeccionarse preferentemente a máquina.


La información, cuando se trate de rentas e impuestos, deberá venir expresada en números enteros sin centavos, aproximando al entero superior toda fracción igual o superior a cinco décimos y despreciando las fracciones inferiores a cinco décimos, sin colocar después del último número de la cifra entera a registrar el guarismo 00. Por ejemplo, si la cantidad a registrar corresponde a $6.747,80, se debe anotar $6.748. No deben hacerse correcciones o enmendaduras en anotaciones ya efectuadas.

Si se requiere de más de un formulario para presentar la declaración, se deben entregar corcheteados. Adicionalmente, se debe anotar los totales que resulten de sumar los valores registrados en las columnas correspondientes, sólo en el Cuadro Resumen Final de la Declaración del último formulario, no siendo procedente llenar el señalado cuadro resumen final o anotar subtotales en cada ejemplar del documento.

Además, deberá encerrar en un círculo el folio correspondiente a la primera página de la declaración y tarjar los otros, pues éste es el único folio válido para su declaración.

A fin de prevenir problemas en la presentación de declaraciones, al momento de entregarla, el interesado deberá exhibir la cédula original de RUT del declarante; copia de ella o fotocopia legalizada. Si no se presenta este documento, la información no será recibida por el Servicio.

 

5.4. Número de Ejemplares en que deben emitirse

La Declaración Jurada consta de 1 sólo ejemplar, el cual deberá ser entregado en la Dirección Regional o Unidad del Servicio correspondiente a la jurisdicción de su domicilio, en donde se le entregará un comprobante único de presentación de dicho documento.

5.5 Firma de los Formularios

Los formularios deben ser firmados por el contribuyente o por su representante legal, cuando corresponda, anotando en este último caso, su nombre y número de RUT en el espacio establecido para estos fines.

5.6. Lugar de Presentación

La Declaración Jurada deberá presentarse en la Unidad del Servicio correspondiente a la jurisdicción del domicilio del contribuyente declarante. En este mismo lugar deberán presentarse las declaraciones rectificatorias si son realizadas a través de formularios de papel. Las declaraciones rechazadas deberán presentarse nuevamente y tendrán el carácter de "ORIGINAL" por lo que NO se deberá hacer alusión ni al Rut ni al Folio anterior.

5.7. Envío de Declaraciones

El contribuyente que presente la declaración vía papel deberá consultar el estado de su declaración en INTERNET, a través de la opción "Consulta de Estado de la Declaración" en la página WEB del SII, al seleccionar esta opción se solicitará el RUT y Clave Secreta de la Declaración, de esta forma el contribuyente podrá consultar si su declaración esta "recibida", "aceptada", "observada" o "rechazada".

En caso de detección de problemas de cuadraturas matemáticas y de formato, la "Consulta de Estado" mostrará la declaración como "observada", lo que obliga a presentarla nuevamente con carácter de "RECTIFICATORIA". Es siempre preferible declarar vía INTERNET, ya que este medio permite verificar durante la confección de la declaración, cualquier problema de cuadraturas matemáticas y de formato evitando que ésta sea observada.

Una vez ingresada la declaración se le practicarán nuevas validaciones para determinar la consistencia de la información entregada. Si el resultado de estas validaciones determina que la declaración presenta inconsistencias se entregará información necesaria para rectificarla.

La pantalla para consultas por el envío, recepción y estado de su declaración Jurada se aprecia en la siguiente figura, la cual ha sido llenada con datos ficticios a modo de ejemplo.

 

5.8. Rectificatorias a través de formularios de papel

En la eventualidad de que el contribuyente decida corregir, agregar o eliminar algún dato, deberá presentarse una nueva declaración, que contenga la información primitiva correctamente declarada y aquella que se corrige, indicando claramente que se trata de una rectificatoria. En esta declaración rectificatoria presentada en formulario de papel, se deberá anotar en el cuadro "Tipo de Declaración" el RUT y folio de la declaración anterior (la que se desea rectificar), si ya se hubiese efectuado una rectificatoria y se volviera a rectificar ésta se debe identificar la última presentada. Es importante tener en cuenta que:

  • La declaración rectificatoria reemplazará a la anterior dejando la sustituida como no válida.

  • El formulario rectificatorio deberá ser presentado en la misma Unidad en donde se entregó la declaración primitiva, llevando el (los) comprobante(s) de presentación de la(s) declaración(es) a anular.

  • El funcionario receptor procederá a recibir el nuevo formulario, entregando al interesado un nuevo comprobante de presentación.

  • El Declarante tendrá la posibilidad de "anular" una declaración enviada por error, presentando una declaración rectificatoria. La declaración inicial tomará la condición de anulada si la rectificatoria presentada no contiene ningún dato informado en la sección B del formulario.

Sin embargo, la forma más eficiente para hacer llegar las Declaraciones Juradas al SII es a través de la transmisión electrónica de datos vía INTERNET, para ello los contribuyentes contarán con softwares básicos que se podrán obtener fácil y gratuitamente desde el sitio WEB del Servicio, www.sii.cl, los que permitirán generar correctamente la declaración y posteriormente enviarla en forma fácil y rápida. Adicionalmente, existirán en el mercado Softwares certificados por el SII que también permitirán confeccionar y enviar los datos electrónicamente a través del sitio WEB del Servicio.