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INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA Nº 1811 |
1.
Se debe identificar el tipo de Declaración (Original
o Rectificatoria), marcando con la opción correspondiente. Indicar
el RUT y Folio de la
declaración anterior, en caso de tratarse de una Declaración
Rectificatoria. 2.
Sección A: IDENTIFICACION DEL DECLARANTE En
esta sección deben señalarse los datos relativos a la identificación de
las Instituciones, Organismos o Personas que hayan efectuado
las retenciones a que se refieren los Artículos 73 y 74
Nº s 4 y 6 de la Ley de la Renta, indicando el Rut, Nombre o Razón
Social, domicilio postal, comuna,
correo electrónico, número de fax y número de Teléfono (en los dos
últimos casos se debe anotar el número incluyendo su código de
discado directo). 3.
Sección B: DATOS DE LOS INFORMADOS (RECEPTOR DE LA RENTA) Columna
"RUT del receptor de la renta": Deberá registrarse
el RUT de la persona que percibió la renta, debiendo utilizarse una
sola línea por cada una de
ellas. Columna
“Retención Art. 73 Ley”: Se debe registrar la cifra que resulte de
sumar las retenciones por
cada concepto, debidamente actualizadas, efectuadas al receptor de
la renta, durante el año anterior al que se informa. Columna
“Retención Art. 74 N° 4”: Se debe registrar la cifra de las
retenciones que se hayan
efectuado sobre remesas al exterior por rentas afectas al impuesto
adicional de los artículos
58 Nº 1, 60 inciso primero y 61 de la Ley de la Renta y sobre los
gastos rechazados a que se refiere el artículo 21 de dicha ley, que
corresponden a los
contribuyentes de los artículos 60 inciso primero y 61 de la ley antes
mencionada. Columna
“Retención Art. 74 N° 6”: Se debe registrar la cifra que resulte de
sumar las retenciones por
cada concepto, debidamente actualizadas, efectuadas al receptor de
la renta, durante el año anterior al que se informa. Nota:
Para los fines de la actualización de las retenciones, se debe utilizar
los factores de actualización publicados por el Servicio de
Impuestos Internos. Los
montos retenidos deben corresponder al total de las retenciones efectuadas
entre los meses de enero a diciembre, ambos meses inclusive, no
siendo procedente considerar
la fecha de su entero en arcas fiscales. Columna
"Número de Certificado": Deberá registrarse el número o folio
del certificado emitido al
receptor de la renta, por cada una de las retenciones que se indica
de conformidad a lo dispuesto en la Res. Ex. N° 6173, publicada en
el D.O. del 16.12.97. 4.
CUADRO RESUMEN FINAL DE LA DECLARACION. Se
debe anotar los totales que
resulten de sumar los valores registrados en las columnas correspondientes. El
recuadro "Total de Casos Informados" corresponde al número total
de los casos que se está
informando a través de la primera columna de esta Declaración
Jurada, los que deben numerarse correlativamente. 5.
El retardo u omisión en la presentación de esta Declaración Jurada, será
sancionado, de acuerdo a lo
prescrito en el Nº 1 del artículo 97 del Código Tributario. 6.
Plazo de presentación: Hasta el 14 de marzo de cada año. |