HomeInstrucciones Declaraciones Juradas

INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA Nº 1853

1.   Esta declaración debe ser presentada, por los contribuyentes con domicilio o residencia en Chile que en conformidad con las disposiciones contenidas en los artículos 3°, 41°A, 41°B, 41°C de la Ley sobre Impuesto a la Renta, obtengan rentas de fuente extranjera, las cuales pudieren o no haber estado sujetas a impuestos, debiendo informar sobre el detalle de las rentas percibidas o devengadas, según corresponda y los impuestos pagados o retenidos en el extranjero durante el año calendario anterior o el impuesto adeudado hasta el ejercicio siguiente en el caso de las agencias y otros establecimientos permanentes. 

2.   Se debe identificar el tipo de Declaración en el cuadro correspondiente (Original o Rectificatoria), marcando con una "X" si es original o rectificatoria, indicando el RUT y Folio de la declaración anterior en caso de tratarse de la segunda. 

3.   En esta declaración se deberá incluir el valor histórico de la renta en pesos, de acuerdo al tipo de cambio existente a la fecha de devengo o percepción de la renta. 

4.   Plazo de Presentación: Antes del 15 de Marzo de cada año. 

5.   Sección A: IDENTIFICACIÓN DEL DECLARANTE.
Se debe identificar al contribuyente beneficiario de la renta, indicando su número de RUT, nombre o Razón Social, domicilio postal, comuna, correo electrónico, número de fax y número de teléfono (en los dos últimos casos se debe anotar el número incluyendo su código de discado directo).


Sección B: ANTECEDENTES DE LAS RENTAS DE FUENTE EXTRANJERA


Antecedentes del deudor o pagador de la renta
 

6.   En la columna “Nombre o Razón Social del deudor o pagador de la renta”. Deberá registrar el nombre o la razón social de la persona natural o jurídica extranjera deudora o pagadora de la renta, debiendo utilizarse una sola línea por cada operación.

7.   En la columna “Tax ID”. Deberá registrarse el código de administración tributaria o de identificación tributaria que tiene el deudor o pagador de la renta en su país de residencia.  

8.   En la columna “Código País Fuente de la Renta”. Indicar la sigla del país de residencia del deudor o pagador de la renta, de acuerdo a la lista que se encuentra para tal efecto en el suplemento tributario de Declaraciones Juradas.  

Antecedentes de la Renta 

9.   En la columna “Tipo de Renta”. Indicar el número correspondiente al concepto asociado por el cual el contribuyente que informa obtuvo la renta en el extranjero, según la clasificación siguiente:

1) Rentas de  bienes inmuebles.  
2) Rentas empresariales.  
3) Rentas de agencias o establecimientos permanentes.  
4) Rentas de empresas de transporte internacional.  
5) Dividendos en general.  
6) Dividendos de una participación sustancial en el capital.  
7) Intereses provenientes de bancos y compañías de seguros; de bonos y valores que son regular y sustancialmente transados en una bolsa de valores reconocida.  
8) Intereses por la venta a crédito de maquinaria y equipos.  
9) Intereses en general.  
10) Regalías pagadas por el uso o el derecho al uso de equipos industriales, comerciales o científicos.  
11) Regalías en general.  
12) Ganancias por la enajenación de bienes inmuebles.  
13) Ganancias por la enajenación de bienes muebles de un establecimiento permanente.  
14) Ganancias por la enajenación de buques y aeronaves.  
15) Ganancias por la enajenación de acciones u otros derechos representativos del capital de una sociedad en general.  
16) Ganancias por la enajenación de acciones u otros derechos representativos del capital de una sociedad cuyo activos consisten o ha consistido principalmente en bienes inmuebles.  
17) Ganancias por enajenación de acciones u otros derechos representativos del capital de una sociedad en la cual se tiene una participación sustancial en el capital.  
18) Ganancias de Capital en general.  
19) Rentas por servicios personales independientes cuando la persona permanece más de 183 días o tiene una base fija.  
20) Rentas por servicios personales independientes en general.  
21) Remuneraciones por servicios personales dependientes.  
22) Participaciones de directores.  
23) Rentas de artistas y deportistas.  
24) Pensiones en general.  
25) Pensiones alimenticias u otros pagos de manutención.  
26) Otras rentas con derecho a crédito.  
27) Otras rentas sin derecho a crédito.
 

10.  En la columna “Fecha de Devengo o Percepción de la Renta”. Registre la fecha en la cual se devengó o percibió efectivamente la renta obtenida en el extranjero, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 12 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.  

11.  En la columna “Monto Renta Bruta, sin deducción alguna”. Registre el valor total de la renta, sin deducir de ella los montos exentos y/o no gravados e impuestos pagados, considerando el tipo de cambio a la fecha declarada en la columna “Fecha de Devengo o Percepción de la Renta”.

12.  En la columna “Impuesto Adeudado, Devengado, Retenido  o Pagado en el extranjero”. Registre el monto de impuesto adeudado, pagado o retenido en el extranjero correspondiente a la renta obtenida que se declara.  

13.  En la columna “Renta Percibida o Devengada”. Registre el monto de renta líquida percibida o devengada por el contribuyente declarante. 

Sección C: APLICACIÓN DEL CRÉDITO. En esta sección el declarante debe registrar la aplicación de los créditos establecidos en los artículos 41° A,  41° B y 41° C de la Ley de Impuesto a la Renta.  

Aplicación de Créditos sin Convenio de Doble Tributación  

14.  En el recuadro “Remanente crédito año anterior, actualizado”. Registre el monto de crédito, por impuestos pagados en el exterior, que no fue utilizado el año anterior y que quedó como remanente para este año, actualizado.  

15.  En el recuadro “Crédito del ejercicio”. Registre la suma total de los montos declarados en la columna “monto actualizado de crédito”.  

16.  En el recuadro “Imputado a 1° categoría”. Registre el monto del crédito externo, efectivamente imputado durante el ejercicio, al Impuesto de Primera Categoría.  

17.  En el recuadro “Saldo ejercicio siguiente”. Registre el resultado de la suma de las cantidades registradas en los recuadros “remanente crédito año anterior” y “Crédito del ejercicio” menos el crédito “Imputado a 1° categoría”.  

Aplicación de Créditos con Convenios de Doble Tributación  

18.  En el recuadro “Remanente crédito año anterior, actualizado”. Registre el monto de crédito, por impuestos pagados en el exterior, que no fue utilizado el año anterior y que quedó como remanente para este año, actualizado.  

19.  En el recuadro “Crédito del ejercicio”. Registre la suma total de los montos declarados en la columna “monto actualizado de crédito”.  

20.  En el recuadro “Imputado a 1° categoría”. Registre el monto del crédito externo, efectivamente imputado durante el ejercicio, al Impuesto de Primera Categoría.  

21.  En el recuadro “Transferido al Global Complementario o Adicional de los empresarios, socios o accionistas”. Registre el monto del crédito que se traspasó como crédito del Impuesto Global Complementario del empresario, socio o accionista de la empresa inversionista.  

22.  En el recuadro “Saldo ejercicio siguiente”. Registre el resultado de la suma de las cantidades registradas en los recuadros “Remanente crédito año anterior” y “Crédito del ejercicio” menos el crédito “Imputado a 1° categoría” y el crédito “Transferido al Global Complementario de los empresarios, socios o accionistas”.  

Cuadro Resumen Final de la Declaración 

23.  Cuadro Resumen Final de la Declaración: “Total de Casos Informados” corresponde al número total de los casos que se está informando a través de la primera columna de esta Declaración Jurada, los que deben numerarse correlativamente.