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INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA Nº 1856

1.       La presente Declaración Jurada, deberá ser presentada por aquellas instituciones financieras constituidas en el país, que hayan obtenido créditos desde el exterior, otorgados por instituciones bancarias o financieras extranjeras o internacionales, cuyos intereses no se encuentren gravados con Impuesto Adicional, en virtud de lo establecido en el párrafo segundo de la letra b) del número 1 del inciso cuarto del artículo 59 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.  

Se entenderá que, con la presentación de la declaración jurada, la institución financiera constituida en el país, declara bajo juramento que los créditos otorgados desde el exterior no han sido ni serán utilizados para fines distintos que otorgar un crédito al exterior.  

2.       Formato de presentación: La referida información deberá proporcionarse, mediante la transmisión electrónica de datos vía Internet, haciendo referencia al Formulario 1856 denominado “Declaración Jurada Anual sobre créditos otorgados al exterior con cargo a recursos obtenidos mediante créditos otorgados desde el exterior por instituciones bancarias o financieras extranjeras o internacionales, para los fines de la liberación del impuesto adicional establecido en el inciso segundo de la letra b) del N°1, del inciso cuarto del articulo 59 de la Ley sobre Impuesto a la Renta”, o por medio discos compactos (CD) u otro medio tecnológico que permita el procesamiento electrónico de datos.  

3.       Plazo de presentación: La presente Declaración Jurada deberá ser presentada antes del 15 de marzo de cada año. Indicando los antecedentes que digan relación con la totalidad de los créditos:  

A.-
Otorgados desde el exterior, por instituciones bancarias o financieras extranjeras o internacionales, durante el año calendario anterior, y cuyo fin sea otorgar créditos al exterior a extranjeros sin domicilio ni residencia en Chile.  

B.- Otorgados al exterior, a extranjeros sin domicilio ni residencia en Chile, durante el año calendario anterior, efectuados con cargo a los recursos obtenidos de créditos otorgados desde el exterior por instituciones bancarias o financieras extranjeras o internacionales.  

4.       Tipo de declaración: Se debe identificar el tipo de Declaración en el cuadro correspondiente (Original o Rectificatoria). Marcando con una “X” si es original o, indicando el RUT y FOLIO de la declaración anterior, en caso de tratarse de una Declaración Rectificatoria.  

5.       Sección A: Identificación del declarante.  

En esta sección deben señalarse los datos relativos a la identificación del declarante institución financiera, indicando RUT, razón social, domicilio postal, comuna, correo electrónico, número de fax y número de teléfono (en los dos últimos casos se debe anotar el número incluyendo su código de discado directo).

6.       Sección B: Antecedentes de los créditos otorgados desde el exterior por instituciones bancarias o financieras extranjeras o internacionales y de los créditos otorgados al exterior a extranjeros sin domicilio ni residencia en Chile:  

B.1. Identificación de la operación crediticia.
 

N°: Indicar el número correlativo de la cantidad de créditos informados.  

Acreedor o deudor extranjero no residente que informa: Indicar con una X en el recuadro “Acreedor” si la operación que se va a informar es el crédito otorgado desde el exterior por una institución financiera extranjera. Por otro lado, indique con una X en el recuadro “Deudor”.si la operación a informar es el crédito otorgado al exterior, a un extranjero no residente ni domiciliado en Chile, por la institución financiera constituida en el país.  

En el caso de que en la columna “Acreedor o deudor extranjero no residente que informa” haya marcado con una X en el recuadro “Acreedor”, en las siguientes columnas deberá indicar:  

B.2. Antecedentes de la institución bancaria o financiera extranjera o internacional acreedora y del deudor extranjero sin domicilio ni residencia en Chile al cual se le otorgaron créditos al exterior.  

Nombre o Razón Social: Indicar el nombre o la razón social de la institución bancaria o financiera extranjera o internacional que otorgó el crédito desde el exterior.  

Tax-ID: Deberá registrar, cuando corresponda, el código de administración tributaria o de identificación que tiene la institución bancaria o financiera extranjera o internacional en el país en el cual es residente.

Código País de residencia: Indicar la sigla internacional del país de constitución de la institución bancaria o financiera extranjera o internacional, de conformidad al listado que el S.I.I. publica anualmente en el Suplemento Declaraciones Juradas.  

B.3. Condiciones de los créditos recibidos desde el exterior por instituciones bancarias o financieras extranjeras o internacionales y de los créditos otorgados al exterior a extranjeros sin domicilio ni residencia en Chile.  

Fecha otorgamiento: Registre la fecha en la cual fue otorgado el crédito por la institución bancaria o financiera extranjera o internacional.  

Monto crédito: Indicar el monto del crédito, en la moneda en que fue pactado.  

Moneda: Código de la moneda con la cuál se pactó el crédito de conformidad al listado que el S.I.I. publica anualmente en el Suplemento Declaraciones Juradas.  

Tipo de cambio: Indicar el tipo de cambio al momento de la fecha de otorgamiento del crédito.  

Monto Intereses: Indicar el monto total de los intereses pactados.  

N° Identificador del crédito: Corresponde al número asignado por el Banco Central de Chile en el momento de declarar el crédito dentro del contexto del Compendio de Normas de Cambios Internacionales. Se deberá usar el número generado por el sistema SINACOFI creado para tales efectos.  

N° Identificador del crédito asociado: En este caso este campo se debe dejar en blanco. 

En el caso de que en la columna “Acreedor o deudor extranjero no residente que informa” haya marcado con una X en el recuadro “Deudor”, en las siguientes columnas deberá indicar:  

B.2. Antecedentes de la institución bancaria o financiera extranjera o internacional acreedora y del deudor extranjero sin domicilio ni residencia en Chile al cual se le otorgaron créditos al exterior.  

Nombre o razón social: Indicar la razón social del extranjero sin domicilio ni residencia en Chile a quien se le otorgó crédito financiado con recursos obtenidos a su vez mediante créditos concedidos desde el exterior.  

Tax-ID: Deberá registrar, cuando corresponda, el código de administración tributaria o de identificación que tiene el extranjero sin domicilio ni residencia en Chile, deudor del crédito.  

Código País de residencia: Indicar la sigla internacional del país de residencia del extranjero sin domicilio ni residencia en Chile deudor del crédito, de conformidad al listado que el S.I.I. publica anualmente en el Suplemento Declaraciones Juradas.  

B.3. Condiciones de los créditos recibidos desde el exterior por  instituciones bancarias o financieras extranjeras o internacionales y de los créditos otorgados al exterior a extranjeros sin domicilio ni residencia en Chile.  

Fecha otorgamiento: Registrar la fecha en la cual se otorgó el crédito al extranjero sin domicilio ni residencia en Chile.  

Monto crédito: Indicar el monto del crédito, en la moneda en que fue pactado.  

Moneda: Código de la moneda con la cuál se pactó el crédito de conformidad al listado que el S.I.I. publica anualmente en el Suplemento Declaraciones Juradas.  

Tipo de cambio: Indicar el tipo de cambio al momento de la fecha de otorgamiento del crédito.  

Monto Intereses: Indicar el monto total de los intereses pactados.  

N° Identificador del crédito: En este caso este campo se debe dejar en blanco.  

N° Identificador del crédito asociado: Indique el “N° Identificador del crédito” del crédito otorgado desde el exterior, con cuyos fondos se financia el crédito otorgado al exterior al extranjero sin domicilio ni residencia en Chile que se detalla