Home | Instrucciones Declaraciones
Juradas |
INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA Nº 1860 |
Información
General: 1.
El plazo de presentación de la declaración es antes del 15 de marzo
de cada año. 2.
Los contribuyentes con obligación de declarar el calendario de pago,
son todos aquellos que hayan mantenido vigentes operaciones de créditos con
el exterior durante el año anterior al de la realización de la presente
declaración, que se declaren o hayan sido declarados en los formularios
1857 y/o 1859. 3.
Los flujos a informar son anuales. De esta forma, si un crédito
genera pagos mensuales, la información que se debe entregar será la suma
de todos los flujos mensuales. 4.
Se deberán informar de forma anual los flujos ocurridos durante el
referido año, así como todos los flujos futuros que están comprometidos
en la operación, tanto de capital, intereses y otros gastos asociados. Para
los flujos futuros se deberá hacer una proyección basada en los parámetros
declarados en los formularios 1857 y/o 1859, según corresponda. 5.
La declaración debe ser presentada todos los años de vigencia del
crédito. 6.
La moneda de la Declaración es pesos chilenos actualizados al 31 de
diciembre del año que se declara, la cual debe aplicarse a todos los datos
informados. 7.
Se debe identificar el tipo de Declaración en el cuadro
correspondiente (Original o Rectificatoria), marcando con una "X"
si es original o, indicando el RUT y Folio de la declaración anterior en
caso de tratarse de una Declaración Rectificatoria. Sección A: IDENTIFICACIÓN DEL DECLARANTE
Se
debe identificar al contribuyente que presentó las Declaraciones Juradas
F1857 y/o F1858, indicando su RUT, nombre o razón social, domicilio postal,
comuna, correo electrónico, número de fax y número de teléfono,
incluyendo su código de área de discado directo. Sección
B: DETALLE DE FLUJOS ID
de Crédito/Bono o Debenture:
Corresponde al código que identifica a la operación financiera. Anote
el número asignado por el Banco Central de Chile al momento de
declarar el crédito dentro del contexto del Compendio de Normas de Cambios
Internacionales (sistema SINACOFI). Este código debe ser coincidente con el
asignado a las operaciones informadas en los respectivos Formularios N°s
1857 y 1859. Datos del Acreedor/Beneficiario
Nombre/Razón
Social del Acreedor/Beneficiario: Corresponde
a la Razón Social del Acreedor o Beneficiario de la obligación crediticia.
Tax-ID:
Es el identificador único
que posee el Acreedor o Beneficiario extranjero, el cual es asignado por la
Administración Tributaria del país donde éste reside. País
de Residencia: Especificar
el código del país de la institución, organismo o persona de donde
provienen o hacia donde se remesan los flujos, según listado contenido en
el Suplemento Tributario sobre Declaraciones Juradas y emisión de
Certificados publicados por este Servicio. Tipo
de Relación: Indicar el
número correspondiente al tipo de relación existente, o la de mayor
preponderancia, entre el Declarante y la institución, organismo o persona
de donde provienen o hacia donde se remesan los flujos,
de ahora en adelante la “Empresa”, donde
las alternativas son: (1) Empresa es matriz, (2) Empresa es filial, (3)
Empresa es agencia o establecimiento permanente, (4) Empresa es coligante,
(5) Empresa es coligada, (6) Empresa tiene participación directa o
indirecta en el capital o en las utilidades del Declarante, menor al 10%,
(7) Declarante tiene participación directa o indirecta en el capital o en
las utilidades de la Empresa, menor al 10%, (8) Empresa tiene participación
directa o indirecta en la dirección o administración del Declarante, (9)
Declarante tiene participación directa o indirecta en la dirección o
administración de la Empresa, (10) Empresa es controlador, (11) Empresa es
controlada, (12) Ambas se encuentran directa o indirectamente bajo un socio
o accionista común, (13) Contrato de exclusividad, (14) Acuerdo de actuación
conjunta, (15) Tratamiento preferencial, (16) Dependencia financiera o económica,
(17) Depósito de confianza, (18) Financiamiento otorgado con garantía en
dinero o en valores de terceros, por el monto que se garantice
efectivamente, (19) Empresa se encuentra constituida en un país o
territorio incorporado en la lista del D.S. N° 628 del 03.12.2003 del
Ministerio de Hacienda, (20) No existe ningún tipo de relación. Año
de Realización de los Flujos: Año
correspondiente al flujo que se declara en este registro. Flujos Anuales en Pesos Chilenos
Flujo
de Capital Ingresado: Corresponde
al flujo anual de entrada del capital. Flujo
de Capital Pagado: Representa
el flujo anual de capital pagado o que se pagará según corresponda al Año
de Realización de los Flujos registrados en la columna respectiva, sin
incluir ni intereses ni otros gastos. Intereses:
Corresponde al flujo
anual de intereses pagados o que se pagarán, según corresponda al Año de
Realización de los Flujos registrados en la columna respectiva, asociados
al crédito que se declara. Comisiones:
Especificar el total
pagado o que se pagará según corresponda al Año de Realización de los
Flujos registrados en la columna respectiva, en comisiones asociadas a la
operación de crédito que se informa. Seguros:
Colocar el total pagado
o que se pagará según corresponda al Año de Realización de los Flujos
registrados en la columna respectiva, en los seguros involucrados en la
transacción de crédito que se está declarando. Honorarios:
Corresponde colocar en
este campo el total pagado o que se pagará según corresponda al Año de
Realización de los Flujos registrados en la columna respectiva, por
concepto de honorarios asociados a la operación de crédito que se informa. Otros
Costos: Colocar el total
pagado o que se pagará según corresponda al Año de Realización de los
Flujos registrados en la columna respectiva, por concepto de otros gastos
asociados no contemplados en los campos anteriores. Capitalización
de Intereses y Gastos: Si
el flujo de intereses y gastos se capitalizan y por este motivo generan el
pago de intereses sobre los montos capitalizados, estos intereses y gastos
capitalizados deben ser informados en este campo. Los intereses que se
originen de la capitalización se informarán en el campo correspondiente de
la columna “Intereses”. Moneda:
Corresponde a la moneda en que se están declarando los montos de las
columnas anteriores. En caso de haber flujos con distintas monedas, entonces
éstos deberán ser declarados en líneas distintas. Tipo
de Cambio:
Corresponde a la división de la suma de los montos declarados en las
columnas anteriores y la suma de los flujos respectivos expresados en su
moneda original. En caso de
ser un valor con más de dos decimales, se deberá aproximar al segundo dígito
decimal. El caracter que indica la separación entre números enteros y
decimales debe ser una coma
(“,”). CUADRO
RESUMEN DE LA DECLARACIÓN
Flujo
Total de Capital Ingresado: Corresponde
a la suma de los montos declarados en la columna “Flujo de Capital
Ingresado” del cuadro “Detalle de Flujos”. Flujo
Total de Capital Pagado: Corresponde
a la suma de los montos de declarados en la columna “Flujo de Capital
Pagado” del cuadro “Detalle de Flujos”. Total
de Intereses:
Registrar la suma de los montos ingresados en la columna “Intereses” del
cuadro “Detalle de Flujos”. Total
de Comisiones:
Registrar la suma de los montos ingresados en la columna “Comisiones”
del cuadro “Detalle de Flujos”. Total
de Seguros:
Corresponde a la suma de los montos declarados en la columna “Seguros”
del cuadro “Detalle de Flujos”. Total
de Honorarios:
Corresponde a la suma de montos declarados en la columna “Honorarios”
del cuadro “Detalle de Flujos”. Total
de Otros Costos:
Registrar la suma de los montos ingresados en la columna “Otros Costos”
del cuadro “Detalle de Flujos”. Capitalización
Total de Intereses y Gastos:
Registrar la suma de los montos ingresados en la columna “Capitalización
de Intereses y Gastos” del cuadro “Detalle de Flujos”. Total de Casos Informados: Corresponde a la cantidad de registros informados en el cuadro “Detalle de Flujos”. |