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INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA Nº 1860

Información General: 

1.   El plazo de presentación de la declaración es antes del 15 de marzo de cada año.

2.   Los contribuyentes con obligación de declarar el calendario de pago, son todos aquellos que hayan mantenido vigentes operaciones de créditos con el exterior durante el año anterior al de la realización de la presente declaración, que se declaren o hayan sido declarados en los formularios 1857 y/o 1859.

3.   Los flujos a informar son anuales. De esta forma, si un crédito genera pagos mensuales, la información que se debe entregar será la suma de todos los flujos mensuales.

4.   Se deberán informar de forma anual los flujos ocurridos durante el referido año, así como todos los flujos futuros que están comprometidos en la operación, tanto de capital, intereses y otros gastos asociados. Para los flujos futuros se deberá hacer una proyección basada en los parámetros declarados en los formularios 1857 y/o 1859, según corresponda.

5.   La declaración debe ser presentada todos los años de vigencia del crédito.

6.   La moneda de la Declaración es pesos chilenos actualizados al 31 de diciembre del año que se declara, la cual debe aplicarse a todos los datos informados.

7.   Se debe identificar el tipo de Declaración en el cuadro correspondiente (Original o Rectificatoria), marcando con una "X" si es original o, indicando el RUT y Folio de la declaración anterior en caso de tratarse de una Declaración Rectificatoria. 

Sección A: IDENTIFICACIÓN DEL DECLARANTE 

Se debe identificar al contribuyente que presentó las Declaraciones Juradas F1857 y/o F1858, indicando su RUT, nombre o razón social, domicilio postal, comuna, correo electrónico, número de fax y número de teléfono, incluyendo su código de área de discado directo. 

Sección B: DETALLE DE FLUJOS 

ID de Crédito/Bono o Debenture: Corresponde al código que identifica a la operación financiera. Anote el número asignado por el Banco Central de Chile al momento de declarar el crédito dentro del contexto del Compendio de Normas de Cambios Internacionales (sistema SINACOFI). Este código debe ser coincidente con el asignado a las operaciones informadas en los respectivos Formularios N°s 1857 y 1859. 

Datos del Acreedor/Beneficiario 

Nombre/Razón Social del Acreedor/Beneficiario: Corresponde a la Razón Social del Acreedor o Beneficiario de la obligación crediticia.  

Tax-ID: Es el identificador único que posee el Acreedor o Beneficiario extranjero, el cual es asignado por la Administración Tributaria del país donde éste reside. 

País de Residencia: Especificar el código del país de la institución, organismo o persona de donde provienen o hacia donde se remesan los flujos, según listado contenido en el Suplemento Tributario sobre Declaraciones Juradas y emisión de Certificados publicados por este Servicio. 

Tipo de Relación: Indicar el número correspondiente al tipo de relación existente, o la de mayor preponderancia, entre el Declarante y la institución, organismo o persona de donde provienen o hacia donde se remesan los flujos,  de ahora en adelante la “Empresa”, donde las alternativas son: (1) Empresa es matriz, (2) Empresa es filial, (3) Empresa es agencia o establecimiento permanente, (4) Empresa es coligante, (5) Empresa es coligada, (6) Empresa tiene participación directa o indirecta en el capital o en las utilidades del Declarante, menor al 10%, (7) Declarante tiene participación directa o indirecta en el capital o en las utilidades de la Empresa, menor al 10%, (8) Empresa tiene participación directa o indirecta en la dirección o administración del Declarante, (9) Declarante tiene participación directa o indirecta en la dirección o administración de la Empresa, (10) Empresa es controlador, (11) Empresa es controlada, (12) Ambas se encuentran directa o indirectamente bajo un socio o accionista común, (13) Contrato de exclusividad, (14) Acuerdo de actuación conjunta, (15) Tratamiento preferencial, (16) Dependencia financiera o económica, (17) Depósito de confianza, (18) Financiamiento otorgado con garantía en dinero o en valores de terceros, por el monto que se garantice efectivamente, (19) Empresa se encuentra constituida en un país o territorio incorporado en la lista del D.S. N° 628 del 03.12.2003 del Ministerio de Hacienda, (20) No existe ningún tipo de relación.

Año de Realización de los Flujos: Año correspondiente al flujo que se declara en este registro. 

Flujos Anuales en Pesos Chilenos 

Flujo de Capital Ingresado: Corresponde al flujo anual de entrada del capital.  

Flujo de Capital Pagado: Representa el flujo anual de capital pagado o que se pagará según corresponda al Año de Realización de los Flujos registrados en la columna respectiva, sin incluir ni intereses ni otros gastos. 

Intereses: Corresponde al flujo anual de intereses pagados o que se pagarán, según corresponda al Año de Realización de los Flujos registrados en la columna respectiva, asociados al crédito que se declara. 

Comisiones: Especificar el total pagado o que se pagará según corresponda al Año de Realización de los Flujos registrados en la columna respectiva, en comisiones asociadas a la operación de crédito que se informa.  

Seguros: Colocar el total pagado o que se pagará según corresponda al Año de Realización de los Flujos registrados en la columna respectiva, en los seguros involucrados en la transacción de crédito que se está declarando. 

Honorarios: Corresponde colocar en este campo el total pagado o que se pagará según corresponda al Año de Realización de los Flujos registrados en la columna respectiva, por concepto de honorarios asociados a la operación de crédito que se informa. 

Otros Costos: Colocar el total pagado o que se pagará según corresponda al Año de Realización de los Flujos registrados en la columna respectiva, por concepto de otros gastos asociados no contemplados en los campos anteriores. 

Capitalización de Intereses y Gastos: Si el flujo de intereses y gastos se capitalizan y por este motivo generan el pago de intereses sobre los montos capitalizados, estos intereses y gastos capitalizados deben ser informados en este campo. Los intereses que se originen de la capitalización se informarán en el campo correspondiente de la columna “Intereses”. 

Moneda: Corresponde a la moneda en que se están declarando los montos de las columnas anteriores. En caso de haber flujos con distintas monedas, entonces éstos deberán ser declarados en líneas distintas.

Tipo de Cambio: Corresponde a la división de la suma de los montos declarados en las columnas anteriores y la suma de los flujos respectivos expresados en su moneda original. En caso de ser un valor con más de dos decimales, se deberá aproximar al segundo dígito decimal. El caracter que indica la separación entre números enteros y decimales debe ser  una coma (“,”). 

CUADRO RESUMEN DE LA DECLARACIÓN 

Flujo Total de Capital Ingresado: Corresponde a la suma de los montos declarados en la columna “Flujo de Capital Ingresado” del cuadro “Detalle de Flujos”. 

Flujo Total de Capital Pagado: Corresponde a la suma de los montos de declarados en la columna “Flujo de Capital Pagado” del cuadro “Detalle de Flujos”. 

Total de Intereses: Registrar la suma de los montos ingresados en la columna “Intereses” del cuadro “Detalle de Flujos”. 

Total de Comisiones: Registrar la suma de los montos ingresados en la columna “Comisiones” del cuadro “Detalle de Flujos”. 

Total de Seguros: Corresponde a la suma de los montos declarados en la columna “Seguros” del cuadro “Detalle de Flujos”. 

Total de Honorarios: Corresponde a la suma de montos declarados en la columna “Honorarios” del cuadro “Detalle de Flujos”. 

Total de Otros Costos: Registrar la suma de los montos ingresados en la columna “Otros Costos” del cuadro “Detalle de Flujos”. 

Capitalización Total de Intereses y Gastos: Registrar la suma de los montos ingresados en la columna “Capitalización de Intereses y Gastos” del cuadro “Detalle de Flujos”. 

Total de Casos Informados: Corresponde a la cantidad de registros informados en el cuadro “Detalle de Flujos”.