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declaraciones juradas |
Columna (1): Se debe anotar los meses del año en los cuales se efectuaron las retenciones de impuestos, conforme a los artículos 23 y 74 N°6 de la Ley de la Renta. Columna (2): Se debe registrar el monto de la retención practicada en cada mes, de acuerdo a lo dispuesto por las normas legales antes mencionadas y Circular del SII emitida sobre la materia. (Circ. N°17, de 2002). Cabe señalar, que si las mencionadas retenciones de impuesto fueron cubiertas con el pago por concepto de patentes mineras, conforme a lo dispuesto por el artículo 164 del Código de Minería, de todas maneras deben anotarse en esta columna, ya que se entienden practicadas conforme a la Ley (Circulares Nºs60, de 1998 y 58, de 2001). Columna (3): Se debe registrar los factores de actualización correspondientes a cada mes, según publicación efectuada por el SII. Columna (4): Se debe anotar en esta columna el valor que resulte de multiplicar la cantidad anotada en la columna (2) por los factores de actualización registrados en la columna (3).
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