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INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA Nº 1835 |
1.
La presente Declaración Jurada deberá ser presentada por los
corredores de propiedades y las personas que hubieren entregado en arriendo
por cuenta de terceros Bienes Raíces No Agrícolas, cuyo avalúo fiscal, de
cada uno de ellos, sea igual o superior a $ 30.000.000, y sólo en los casos
en que la participación del corredor o intermediario haya comprendido la
administración del respectivo contrato de arrendamiento. Tales contribuyentes
deberán informar sobre todas las propiedades entregadas en arriendo durante
el año calendario anterior, ya sea que el arriendo abarque el año completo o
sólo una parte de él. También se encuentran obligados a presentar
esta Declaración Jurada, los contribuyentes de la Primera Categoría a que se
refiere el Artículo 20 de la Ley de la Renta, que para el desarrollo de su
actividad hayan tomado en arriendo Bienes Raíces No Agrícolas cuyo avalúo
fiscal, de cada uno de ellos, sea igual o superior a $ 30.000.000, siempre que
el respectivo contrato de arrendamiento haya sido suscrito directamente por el
contribuyente de la Primera Categoría y no por un corredor de propiedades u
otra persona que actúe como arrendador en virtud de un mandato. Tales
contribuyentes deberán informar sobre todas las propiedades que hubiesen
tomado en arrendamiento durante el año calendario anterior, ya sea que el
arriendo abarque el año completo o sólo una parte de él. Para los fines de esta Declaración Jurada no
deben considerarse las propiedades cuyo uso haya sido transferido por medio de
contratos Leasing. La información del Avalúo Fiscal del Bien
Raíz podrá obtenerla a través del Sitio Web del SII (www.sii.cl),
en la opción de “Consulta y Certificados de Avalúo”, dentro del menú de
Bienes Raíces. Con la información de la dirección y comuna
del Bien Raíz, podrá obtener el Rol de la propiedad a través del Sitio Web
de la Tesorería General de la República (www.tesoreria.cl), en
la opción de “Contribuciones”. 2.
Se debe identificar el “Tipo de Declaración” (Original o
Rectificatoria), marcando la opción correspondiente. Indicar el N° de RUT y
folio de la declaración anterior, en caso de tratarse de una Declaración
Rectificatoria. 3.
Se debe identificar el “Tipo de Declarante” (Arrendatario
del Bien Raíz o Corredor de Propiedades o Intermediario), marcando la opción
correspondiente. 4.
Sección A: IDENTIFICACIÓN DEL DECLARANTE (ARRENDATARIOS DE BIENES RAÍCES,
CORREDORES DE PROPIEDADES O INTERMEDIARIOS) Registre claramente los datos relativos a la
individualización y domicilio del declarante, según se trate del
Arrendatario o bien del Corredor de Propiedades o Intermediario, indicando su
N° de RUT, nombre o razón social, domicilio postal, comuna, correo electrónico,
número de fax y número de teléfono (en los dos últimos casos se debe
anotar el número incluyendo su código de discado directo). 5.
Sección B: DATOS DE LOS BIENES RAÍCES Y DE SUS PROPIETARIOS O
USUFRUCTUARIOS Columna “N°”:
Registre el número correlativo de los Bienes Raíces que se informa. Columna "Rol del Bien Raíz": Anote el número de Rol de Avalúo del Bien Raíz arrendado. Columna "Comuna de la Propiedad":
En esta columna se debe indicar el código y el nombre de la comuna a la que
pertenece el Bien Raíz. Columna "RUT Propietario o Usufructuario del Bien Raíz":
Indique el N° de RUT del propietario o usufructuario del Bien Raíz, según
corresponda. En caso de tratarse de una sucesión o de comunidades que no
hayan efectuado el trámite de obtención del RUT, se debe informar el RUT del
propietario que figure en el contrato de arriendo. En caso que figure más de
un propietario, se debe informar cada uno de ellos en registros separados, con
la misma información del Rol, período y monto del arriendo. En los casos de
subarrendamiento, se debe informar como RUT del Propietario a quien realiza el
subarrendamiento (quien figura en el contrato). Columna “RUT Arrendatario”: Sólo en los casos en que la Declaración Jurada sea presentada por un
Corredor de Propiedades o bien por un intermediario que entrega en arriendo
propiedades por cuenta de terceros, se deberá indicar el N° de RUT del
arrendatario del bien raíz. Columna "Monto Arriendo": Indique el monto del arriendo (en pesos) pagado o adeudado durante el año
o parte de él. El monto del arriendo deberá incluir el valor del IVA en los
casos que corresponda. Los montos deben informarse debidamente actualizados
utilizando los factores de actualización correspondientes. Columna “Período al Cual Corresponde el Arriendo”:
Se debe marcar con una "X" el o los períodos a los cuales
corresponde el “Monto de Arriendo” que se informa. Columna “Amoblado”:
Indique si el arriendo del Bien Raíz corresponde a inmuebles sin amoblar, o
bien, a inmuebles amoblados o con instalaciones y/o maquinarias que permitan
el ejercicio de alguna actividad comercial o industrial, indicando: 1 :
Cuando corresponda a inmuebles sin amoblar; ó 2
: Cuando
corresponda a inmuebles amoblados o con instalaciones y/o maquinarias
que permitan el ejercicio de alguna actividad comercial o industrial. Columna “Destino del Arriendo del Bien Raíz”:
Indique el destino que el arrendatario le haya dado al Bien Raíz arrendado.
En caso de que el declarante de la Declaración Jurada sea un Corredor de
Propiedades, deberá informar el destino estipulado en el contrato de
arrendamiento. Para tales efectos, indique: 1 :
Si el destino es Habitacional. 2 :
Si el destino es Comercial. 3 :
Si el destino es Estacionamiento. 4 :
Si el destino es Bodega. 5 :
Si el destino es Habitacional y Comercial. 6 :
Si el destino es otro no considerado en las posibilidades anteriores. Columna “DFL N° 2”:
Indique si el Bien Raíz tiene carácter DFL N° 2, marcando con una “X”
en la columna DFL N° 2. En caso contrario, deje en blanco. 6.
CUADRO RESUMEN FINAL DE LA DECLARACIÓN El recuadro "Total de Casos
Informados" corresponde al número total de registros que se informa,
el que debe coincidir con el último número registrado en la primera columna. 7.
El retardo u omisión en la presentación de esta Declaración Jurada,
será sancionado de acuerdo a lo dispuesto en el N° 15 del Artículo 97 del Código
Tributario. 8.
Plazo de Presentación: Excepcionalmente para el Año Tributario 2005,
el plazo de presentación de la Declaración Jurada N° 1835 será hasta el
30 de septiembre, conforme a lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 64
del 30 de junio del 2005. |