1. Esta Declaración Jurada debe ser presentada por
las empresas de astilleros y por las empresas navieras, incluidas las de
remolcadores, las de lanchaje y de muellaje nacionales exentos del
Impuesto Adicional, de acuerdo al Artículo 10 del D.L. 3.059 de 1979.
En ella se deberá registrar el detalle de los pagos y abonos en cuenta,
en virtud de asesorías técnicas, servicios prestados en el exterior,
intereses u otros rubros que dicen relación con las actividades
comprendidas dentro del giro principal de la empresa, hechas a favor de
personas no domiciliadas ni residentes en el país.
2. Se debe identificar el “Tipo de Declaración”
en el cuadro correspondiente (Original o Rectificatoria), marcando con
una "X" si es Original o indicando el RUT y folio de la
declaración anterior en caso de tratarse de una Declaración
Rectificatoria.
3. Sección A: IDENTIFICACIÓN DEL DECLARANTE
Se debe identificar la Institución, Organismo,
persona o contribuyente que realizó los pagos o abonos al extranjero,
indicando su número de RUT, nombre o razón social, domicilio postal,
comuna, correo electrónico, número de fax y número de teléfono (en
estos dos últimos casos se debe anotar el número incluyendo su código
de discado directo).
4. Sección B: DETALLE DE LAS OPERACIONES
Por cada uno de los pagos o abonos en cuenta
realizados durante el período que se informa, exentos de Impuesto
Adicional de la L.I.R., indique lo siguiente:
Columna “Individualización del Perceptor de la Renta”:
-
Columna “N°”: Deberá
registrarse un número correlativo de siete dígitos para cada registro
de la declaración, comenzando por el 0000001.
-
Columna “Fecha Operación”:
Deberá registrarse la fecha en que la operación se realizó, en
formato dd-mm-aaaa (día, mes y año).
-
Columna “Nombre o Razón
Social”: Señale el nombre completo o la razón social de la empresa
extranjera sin domicilio ni residencia en Chile, perceptora de la renta,
la que puede o no ser la prestadora del servicio.
-
Columna “Domicilio”:
Señale el domicilio en el exterior de la entidad informada, calle, N°,
departamento.
-
Columna “Ciudad/Estado”:
Señale la ciudad y estado correspondiente al domicilio de la entidad
informada.
-
Columna “País”: Señale
el país correspondiente al domicilio de la entidad informada, según
tabla de países publicada en este Suplemento (Anexo A, Tabla A.6).
-
Columna “Tax-ID”:
Señale el número de identificación fiscal que la entidad informada
registra en su país de domicilio. Sólo se entenderá que no se dispone
de dicho número, cuando en el país señalado en el campo “País”
no se encuentre vigente un sistema de registro similar al Rol Único
Tributario.
Columna “Detalle de los Pagos o Abonos en Cuenta”:
Observación Preliminar: Si un servicio tiene varios
pagos asociados, debe considerarse un registro por cada pago.
-
Columna “Monto Moneda
Extranjera”: Señale el monto pagado o la contabilización del gasto
en moneda extranjera, sin decimales, aproximando al entero más cercano.
-
Columna “Tipo Moneda”:
Señale el código de la moneda utilizada para el pago del servicio
recibido, de acuerdo a la tabla “Códigos Monedas A.T. 2005 Asociados
al Formulario 1865” publicada en este Suplemento.
-
Columna “Monto Moneda
Contable”: Señale el monto indicado en “Monto Moneda Extranjera”,
convertido a la moneda en que lleva su contabilidad, sin decimales y
aproximando al entero más cercano.
-
Columna “Tipo Moneda
Contable”: Señale el código de la moneda utilizada en su
contabilidad, según la tabla de monedas extranjeras publicada en este
Suplemento (Anexo A, Tabla A.8).
-
Columna “Fecha”: Señale
la fecha en que se realizó el pago o contabilización del documento
indicado en la columna “Tipo”, subsección “Documentación de
Respaldo”, en formato dd-mm-aaaa.
-
Columna “Cuenta Contable”:
Señale el código de la cuenta contable que refleja el gasto o activo
por el servicio recibido. Cuando se informe “Activo” no debe
informarse el posterior traspaso a costos.
Columna “Documentación de Respaldo”:
1 : Factura
2 : Liquidación del Agente
3 : Contrato
4 : Nota de Crédito
5 : Nota de Débito
6 : Conocimiento de Embarque (Bill of Lading)
7 : Cartola de Banco Extranjero
8 : Otro Documento
-
Columna “N°”: Señale
el número del documento de respaldo que justifica el pago de las
obligaciones o contabilización del gasto.
-
Columna “Fecha”: Señale
la fecha del documento de respaldo, en formato dd-mm-aaaa.
-
Columna “Fecha Contrato”:
Señale la fecha del contrato escrito cuando exista y señale “NE”
cuando no exista contrato. La fecha será obligatoria cuando en el campo
“Tipo” de Documento se indique “3” (Contrato). El formato de la
fecha debe ser dd-mm-aaaa.
Columna “Servicio”:
La clasificación establecida en ningún caso
comprenderá las operaciones gravadas con Impuesto Adicional del
Artículo 59° N° 5 de la Ley Sobre Impuesto a la Renta, de conformidad
al inciso 2° del Artículo 10° del D.L. 3.059.
1. Servicios Prestados a las Naves:
101 : Fletamentos Naves
102 : Reparaciones de Naves
103 : Administración de Naves
104 : Conferencias Marítimas de Fletes y Servicios
Conjuntos
199 : Otros Gastos de las Naves
2. Servicios Prestados a la Carga:
201 : Llenado y Vaciado de Container
202 : Servicios de Pre-Embarque y Embarque
203 : Servicios y Remociones a la Descarga y
Post-Descarga
204 : Servicios en Puertos
205 : Peajes y Pilotajes
299 : Otros Gastos de la Carga
3. Servicios Prestados a Container:
301 : Transportes
302 : Almacenajes
303 : Reparaciones
304 : Arrendamiento Container y Equipos
399 : Otros Gastos de Container
4. Servicios Administrativos:
401 : Comunicaciones Prestadas
402 : Publicidad
499 : Otros Gastos Administrativos
5. Servicios Financieros:
501 : Intereses
502 : Gastos Financieros
599 : Otros Gastos Financieros
6. Seguros y Reaseguros:
601 : Seguros (Primas)
602 : Reaseguros
603 : Reclamos (Indemnizaciones)
699 : Otros Gastos de Seguros
7. Servicios Profesionales:
701 : Ingenierías
702 : Asesorías Técnicas
703 : Inspecciones
704 : Honorarios Legales
799 : Otros Servicios Profesionales
8. Comisiones:
801 : Agencias
802 : Brokers
803 : Forwarder
899 : Otros Gastos Comisiones
5. CUADRO RESUMEN FINAL DE LA DECLARACIÓN
El recuadro "Total de Casos Informados"
corresponde al número total de los casos que se está informando a
través de la primera columna de esta Declaración Jurada, los que deben
numerarse correlativamente.
6. Plazo de Presentación: Hasta el 22 de marzo de
2005.
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