INSTRUCCIONES PARA CONFECCIONAR EL CERTIFICADO MODELO N° 27
 

Este Certificado debe ser emitido por las Compañías de Seguros, a los beneficiarios o asegurados a quienes se les hayan pagado cantidades con cargo a seguros dotales contratados a contar del 7 de noviembre de 2001, de acuerdo a lo establecido en el inciso segundo del N° 3 del Artículo 17 de la Ley de la Renta.  

Dicho Certificado se confeccionará de acuerdo con las siguientes instrucciones:  

Columna (1): Registre el mes en que se efectúo el pago de las sumas con cargo a seguros dotales y la retención del 15% establecida en el inciso segundo del N° 3 del Artículo 17 de la Ley de la Renta.  

Columna (2): Se registra el detalle mensual de las sumas pagadas con cargo a seguros dotales contratados por el contribuyente. Las sumas pagadas deberán registrarse en esta columna debidamente reajustadas según la variación del Índice de Precios al Consumidor ocurrida entre el primero del mes anterior a la fecha del pago y el primero del mes de noviembre del año calendario respectivo.  

Columna (3): Registre la parte de las sumas pagadas con cargo a seguros dotales afecta a los impuestos a la renta, debidamente actualizadas y determinadas en conformidad a lo dispuesto por el inciso segundo del N° 3 del Artículo 17 de la Ley de la Renta y a las instrucciones impartidas por el SII a través de la Circular N° 28, de 03.04.2002.  

Columna (4): Se registra la retención de 15% dispuesta por el inciso segundo del N° 3 del Artículo 17 de la Ley de la Renta, debidamente reajustada en la forma dispuesta por el Artículo 75 de la ley del ramo, esto es, de acuerdo al porcentaje de variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor en el período comprendido entre el último día del mes anterior al de su retención y el último día del mes de noviembre del año calendario respectivo.  

Se deja constancia que los valores que se informen deben coincidir exactamente con la información que se proporcione al SII por cada contribuyente, mediante el Formulario N° 1834.