- Esta declaración Jurada debe ser presentada por las personas naturales y jurídicas, sociedades de hecho y comunidades, que determinen su renta efectiva mediante contabilidad completa y balance general, y que paguen rentas del artículo 42 N° 1 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, o el sueldo empresarial establecido en el inciso tercero del Artículo 31 N° 6 de la ley antes mencionada, informando al Servicio de Impuestos Internos, la cantidad de trabajadores, socios o empresarios con sueldo empresarial, que percibieron tales rentas, de acuerdo a su ubicación en la Casa Matriz o Sucursales.”
Se excepcionan de la obligación establecida en el párrafo anterior, aquellos contribuyentes que no tengan sucursales.
- Sección A: IDENTIFICACIÓN DEL DECLARANTE
Se identificará a la persona natural o jurídica que pague rentas del artículo 42, N° 1 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, indicando el RUT, razón social, domicilio postal de su casa matriz, comuna, correo electrónico, número de fax y número de teléfono (en los dos últimos casos se debe anotar el número incluyendo su código de discado directo).
- Sección B: DETALLE DE NÚMERO DE TRABAJADORES POR CASA MATRIZ Y SUCURSALES
La Declaración Jurada correspondiente deberá indicar:
- “N°” correlativo de línea informada, partiendo desde 1.
- Anotar en “Tipo” un número 1 si se trata de la casa matriz o 2 si se trata de una sucursal.
- Anotar en “Código Comuna” el código de la comuna donde se localiza la casa matriz o sucursal informada en la línea respectiva (según tabla de comunas Conara).
- Anotar el “Rol de Avalúo Bien Raíz” de la propiedad donde se localiza la casa matriz o sucursal informada en la línea respectiva.
- Anotar el “N° de Rol de Patente Municipal” correspondiente a la casa matriz o sucursal informada en la línea respectiva.
- Consignar el “Número de Trabajadores” cuya labor se desarrolla mayoritariamente en la sucursal o casa matriz informada en la línea respectiva, que percibieron rentas del artículo 42 N° 1 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, durante el año anterior al año en que se informa.
- CUADRO RESUMEN FINAL DE LA DECLARACIÓN
Se deben anotar los totales que resulten de sumar los valores registrados en las columnas correspondientes.
- El retardo u omisión de la presentación de esta Declaración Jurada, se sancionará de acuerdo con lo prescrito en el Artículo 97 N° 15 del Código Tributario.
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