Control de Proveedores de Bienes Usados

Busca frenar la acción de reducidores de especies robadas o quienes se dedican al comercio ilegal de especies, fortaleciendo el combate a la informalidad y el crimen organizado.

¿CÓMO OPERA?

El objetivo es identificar al proveedor, quien, eventualmente, podría estar vendiendo un producto robado o de origen ilícito. Para ello, los compradores de bienes usados de los siguientes rubros:

Repuestos, piezas y partes de artículos tecnológicos usados (celulares, computadores, notebooks y audífonos, entre otros)

Artículos usados de uso personal de alto valor o de lujo (como relojes, carteras o joyas)

Repuestos, piezas o partes de vehículos usados (como un establecimiento que se dedique a vender dichos bienes usados o un taller mecánico que los adquiera para venderlos o usarlos en los servicios que presta

deberán emitir una Factura de Compra electrónica sin IVA a aquellos proveedores que no cuenten con inicio de actividades, lo que permitirá al SII contar con información sobre su identidad, el tipo de bien y la cantidad, y así verificar su comportamiento tributario.

Los contribuyentes que se dedican habitualmente a la venta de los productos usados señalados anteriormente.

Personas que compran los productos antes mencionados para su uso personal.
Personas que venden otro tipo de productos usados, como juguetes, ropa, entre otros.

Entrada en vigencia de esta obligación:
Se exigirá y fiscalizará la emisión de la factura electrónica de compra sin IVA al momento de comprar artículos usados, desde el 1° de marzo de 2025.