La nueva Ley de Cumplimiento Tributario entrega nuevas herramientas al Servicio de Impuestos Internos para combatir la informalidad, la evasión, la elusión y el crimen organizado , las que utilizará de manera responsable pero decidida, para impedir el accionar de quienes buscan perjudicar al país.

Estrategia de Fiscalización considerando
Ley de Cumplimiento Tributario

Grandes Empresas

  • Norma General Antielusión

    Se fortalece la norma ante planificaciones tributarias agresivas, haciendo más expedita la notificación y su sanción.
  • Rentas pasivas

    La norma actual solo incluía rentas pasivas generadas por empresas en el extranjero entre personas relacionadas de manera patrimonial y con la ley se incorporan las relaciones familiares hasta segundo grado de consanguineidad.
  • Precios de transferencia

    Esta ley otorga mayores atribuciones para impugnar los precios, valores y rentabilidades declarados por los contribuyentes en operaciones entre partes relacionadas en el extranjero.
  • Fiscalización de Grupos Empresariales

    El cuerpo legal permite una fiscalización unificada a todos los Grupos Empresariales, considerando sus características particulares, lo que podrá ser realizado por cualquier Dirección Regional del país.
  • Multijurisdicción

    La norma permite especializar a grupos de fiscalizadores en temáticas de mayor complejidad, y también distribuir en forma eficiente las auditorías en los casos más relevantes.
  • IVA Exportador

    La ley establece una nueva causal que permite un procedimiento especial previo de fiscalización de IVA exportador, para evitar abusos.
  • Término de Giro

    La nueva norma faculta rechazar la solicitud de término de giro cuando el contribuyente no aporte los antecedentes solicitados.

Evasión e Informalidad

  • IVA a la compra de bienes importados a través de plataformas digitales

    Se elimina la exención de US$41 y se incorpora un sistema simplificado de pago de IVA de productos importados de hasta US$500, eliminándose los aranceles en este tramo para agilizar estas importaciones.
  • Exigencia de inicio de actividades y cumplimiento de sus obligaciones tributarias

    La administración del Estado, los gobiernos regionales y las municipalidades deben exigirlo a los contribuyentes con los que contraten algún producto o servicio, así como las plataformas digitales. Los proveedores de medios de pago electrónicos solo deberán exigir inicio de actividades.
  • Obligación de instituciones bancarias deberán entregar información sobre cantidad de abonos a un contribuyente.

    Las instituciones financieras deberán entregar al SII información sobre transacciones que involucran más de 50 abonos de personas distintas, a un mismo contribuyente, en un mes, o bien, 100 abonos a una misma persona, de personas distintas, en 6 meses. Informando el abono agregado.

Crimen Organizado

  • Procedimiento judicial Simplificado para el levantamiento del Secreto Bancario (sin oposición del contribuyente en delitos tributarios)

    Se acortan los plazos, agilizando el procedimiento judicial general, y se suspenden los plazos de prescripción para el SII.
  • Denunciante Anónimo

    Se facilitarán las denuncias y se incentivarán con una retribución del 10% de las multas que correspondan, siempre que el monto defraudado supere las 100 UTA ($80 millones aproximadamente).
  • Reducidores de especies robadas

    Los vendedores de artículos usados deberán identificar sus abastecedores.
  • Operaciones en efectivo

    En las operaciones de compra y venta en efectivo superiores a 135 UF ($5 millones aproximadamente) se deberá obligatoriamente dejar registro de la identidad del comprador.