Esta norma busca distinguir a quienes están cumpliendo sus obligaciones tributarias de quienes no lo hacen, para focalizar sus acciones especialmente en el comercio informal y en quienes no emiten el documento tributario correspondiente, evadiendo el IVA.

La obligación que rige para las entidades financieras, de informar al SII el número de transferencias bancarias,
está focalizada en la Informalidad, NO en:

  • El tesorero o la tesorera de curso, clubes deportivos etc.
  • Actividades solidarias
  • Rifas de establecimientos educacionales
  • Cuotas de actividades sociales y/o familiares
  • Quien recauda fondos de una comunidad para pago de servicios comunes

En estos casos, el SII realizará análisis de información, sin generar acciones de fiscalización.