Consulta aquí el detalle de las cuotas que te corresponde pagar en la Operación Renta y de los prepagos realizados a través del Formulario 50:
Consulta(*) Considera que Las retenciones del 3% que se hayan realizado en tu sueldo o boletas de honorarios estarán disponibles en la Operación Renta de cada año, cuando tu empleador o quien retuvo el impuesto presente la DJ 1887 de Sueldos y/o DJ 1879 de Honorarios.
Verifica aquí si tus empleadas y/o empleados solicitaron el Préstamo Solidario:
Verificar trabajadores que solicitaron Préstamo Solidario tasa ceroConsidera que debes aplicar una retención de 3% adicional sobre su renta tributable, es decir la renta sobre la que calculas el impuesto, durante todos los meses donde se mantengan montos a devolver.