¿Cómo pago la primera cuota?

Para cumplir con tu obligación, al ingresar a tu declaración de Renta, te informaremos el detalle de la cuota que te corresponde pagar, considerando la información disponible en nuestras bases, junto con la proporcionada por:

  • Tu empleador a través de la Declaración Jurada 1887 de Sueldos
  • La empresa a la que prestaste servicios a través de la Declaración Jurada 1879 de Honorarios.

El cálculo considerará:

  • Las retenciones de 3% adicional que tu empleador aplicó en tu sueldo y/o la empresa a la que prestaste servicios aplicó en tus boletas de honorarios, entre septiembre y diciembre de 2021.
  • Las retenciones que hayas declarado y pagado en el Formulario 29 como trabajador independiente (si emites boletas con autoretención) o como empresario individual.
  • El prepago voluntario que hayas realizado en el Formulario 50 hasta el 31 de marzo de 2021.

¡Revisa en detalle la información!

Si la información no es correcta, comunícate con tu agente retenedor para que la rectifique o bien rectifica el/los Formulario 29 correspondiente. La información se actualizará en un plazo de 72 horas en tu propuesta.

Luego accede a tu Propuesta de Declaración, revisa y envía. Una vez que hayas realizado el pago, tu obligación estará cumplida.