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El 1 de abril comenzó el proceso de Declaración
de Renta que se extenderá hasta el 8 de mayo,
para las declaraciones por internet sin pago.
En el caso de las declaraciones a las que les
corresponda pago de impuestos, el plazo de
presentación va desde el 8 y el 30 de abril.
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![]() | La devolución anticipada de este impuesto para trabajadores independientes y Mipymes que envíen su declaración de Renta hasta el 10 de abril. |
![]() | Las Mipymes a las que les corresponda pago de impuestos, podrán postergarlo en tres meses, hasta julio de 2020. |
![]() | A los trabajadores independientes a honorarios a quienes les hicieron las retenciones correspondientes por los periodos tributarios de enero y febrero de 2020 se les devolverán excepcionalmente en sus cuentas bancarias esos dineros, el 24 de abril, sin necesidad de solicitarlos. |
Plazos de Declaración para MIPYMES y TRABAJADORES INDEPENDIENTES |
Si declaras entre: | Recibes tu DEVOLUCIÓN por TRANSFERENCIA | Recibes tu DEVOLUCIÓN por CHEQUE | ||||||||||||
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01 abril al 10 abril | 21 abril | 24 abril
11 abril al 19 abril | 29 abril | 04 mayo
| 20 abril al 23 abril | 13 mayo | 29 mayo
| 24 abril al 29 abril | 18 mayo | 29 mayo
| 30 abril al 08 mayo | 25 mayo | 29 mayo
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Plazos de Declaración para OTROS CONTRIBUYENTES |
Si declaras entre: | Recibes tu DEVOLUCIÓN por TRANSFERENCIA | Recibes tu DEVOLUCIÓN por CHEQUE | ||||||
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01 abril al 23 abril | 13 mayo | 29 mayo
24 abril al 29 abril | 18 mayo | 29 mayo
| 30 abril al 08 mayo | 25 mayo | 29 mayo
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