Este beneficio permitió a todos los contribuyentes que emitieron Boletas de Honorarios Electrónicas, a quienes les retuvieron o pagaron su retención en el Formulario N°29, incluyendo a quienes reciben Boletas Electrónicas de Terceros, obtener la devolución de sus retenciones en Boletas de Honorarios correspondientes a los meses de enero y febrero de 2020.
La devolución se realizó en forma automática mediante depósito en la cuenta corriente registrada en el Servicio.
Puedes confirmar aquí si accediste al beneficio
Considera que, si accediste al beneficio, la retención de enero y febrero ya devuelta no se considerará para el pago de las cotizaciones previsionales, devolución o pago de impuesto, según corresponda. Ello se verá reflejado en tu Propuesta de Declaración.