Si al consultar el estado de tu Declaración Jurada, encuentras una observación, es posible que sea alguna de las siguientes. Te ayudamos a saber qué pasos debes seguir:
Las siguientes son las observaciones más frecuentes de cada Declaración Jurada:
Observación | Detalle | |
DJ 1887 |
R07 |
Verifique la información referente a las retenciones efectuadas en conformidad al Artículo 74 N° 1 de la Ley de la Renta, que dicen relación con el Impuesto Único Retenido, sin actualizar, por Rentas y Rentas Accesorias pagadas entre los meses de enero y abril año siguiente. Esta debe ser consistente con la información declarada en el Código 48 de los Formularios 29 del año comercial respectivo.
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R119 |
La Declaración Jurada incluye entre sus informados a receptores de renta que, según la información que maneja el SII, se encuentran fallecidos. Verifique que la información ingresada corresponda a contribuyentes que, durante el año informado, percibieron rentas del art. 42 Nº1 (sueldos), otros componentes de la remuneración y retenciones del Impuesto Único de Segunda Categoría de la Ley de la Renta. |