DJ 1948:
Retiros, remesas y/o dividendos distribuidos, o cantidades distribuidas a cualquier título y créditos correspondientes, efectuados por contribuyentes sujetos al Régimen General y Propyme general.
Reemplaza las DDJJ 1940 y 1941
Pronto pondremos a tu disposición un asistente para facilitar la presentación de esta declaración jurada.
Vence 17 de marzo de 2021: Para sociedades anónimas abiertas, sin distinguir régimen tributario.
Con antelación a la fecha de presentación del Formulario N°22 sobre Declaración de Impuestos Anuales a la Renta, tratándose de empresarios individuales
Vence 26 de marzo de 2021: Para los demás contribuyentes, sin distinguir régimen tributario.
Conoce los plazos y las ayudas que te ofreceremos para facilitar el proceso.
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