La Ley N°21.420 estableció un nuevo Impuesto Único para las enajenaciones de los instrumentos con presencia bursátil, a partir del 2 de septiembre de 2022. El nuevo Impuesto Único consiste en la aplicación de una tasa de 10% y de una retención del 1% o 10%, si la persona no tiene domicilio ni residencia en Chile. Esta retención se declara y Paga a través del Formulario 50.
Se construye a partir de las siguientes fuentes de información:
Para un correcto funcionamiento del Asistente de Enajenación de Acciones, en muy importante que la información contenida en las Declaraciones Juradas 1891 y 1922 sea consistente y certera.