Cotizaciones Previsionales - ¿En qué se Diferencian las Coberturas Total y Parcial?

La Ley N°21.133 contempla dos opciones de cotización:

Accedes a una cobertura de un 100%, luego de destinar la totalidad de tu retención de impuestos a las cotizaciones para todos los regímenes de Seguridad Social.

Esta opción, por ejemplo, te permite recibir: subsidios por incapacidad laboral (licencias médicas), ya sea por enfermedad común, pre y post natal, parental laboral o por enfermedad de un hijo o hija menor de un año, calculados por el total de su renta, manteniendo tu nivel de ingresos.

Es decir, el monto de tu licencia médica considerará como renta imponible el 80% de la renta bruta anual percibida en 2023, dividida por 12.

Si estás afiliada o afiliado a una Isapre y el valor de tu plan es superior a la cotización legal de salud, deberás pagar mensualmente la diferencia en la ISAPRE respectiva.