Cotizaciones Previsionales - Ya Cotizo Como Trabajador/a Dependiente

Si percibes ingresos como dependiente y además emites boletas de honorarios, deberás cotizar mensualmente por tu remuneración como dependiente y anualmente por tus rentas en boletas de honorarios. Ambos ingresos se suman, debiendo cotizar solo hasta el tope imponible de 81,6 UF (equivalente en el mes de diciembre a $3.002.012 mensuales)

Si en el marco de este proceso tu cotización en Salud supera el límite de la cotización legal del 7% o el valor de tu plan pactado, los excedentes te serán devueltos por tu aseguradora. En el caso de las cotizaciones previsionales, se suman a tu cuenta de capitalización individual.

Ten presente que las cotizaciones pagadas a través de la Operación Renta 2024 te entregan derecho a las prestaciones de seguridad social desde el 1 de julio de 2024 y hasta junio de 2025. Este periodo se renueva automáticamente cuando pagues tus cotizaciones en la siguiente Operación Renta.

En el caso de las cotizaciones para pensión de vejez (AFP), el pago que realizas en esta Operación Renta se abonará a tu cuenta individual y se asignará al año en el que fueron generadas, es decir 2023. En el caso de que hayas pagado cotizaciones previsionales como independiente durante el año, estas son consideradas como voluntarias y no se incorporan en el proceso del cálculo de la Operación Renta.