Tu empleador descontará un 3% sobre el monto tributable de tu remuneración mensual y anualmente lo informará al SII a través de la Declaración Jurada 1887. Al momento de hacer tu Declaración de Renta, este valor estará reflejado en el código 1789 del Formulario 22.
Se aplicará una retención adicional en cada boleta de honorarios que emitas, o, si te autorretienes, deberás realizar un PPM adicional, también por un 3%, el que debes declarar mensualmente en los códigos [155] de Formulario 29. Al momento de hacer tu Declaración de Renta, este valor estará reflejado en el código [1790] y [1792] del Formulario 22.
Debes aumentar un 3% tus Pagos Previsionales Mensuales (PPM) y declararlos en el código [156] del Formulario 29. Al momento de hacer tu Declaración de Renta, este valor estará reflejado en el código [1791] del Formulario 22.
Puede darse la situación que las retenciones superen el monto de la cuota a pagar o incluso del total del beneficio solicitado, pero se siguen aplicando todos los meses en tu liquidación de sueldo. Ello se debe a que es durante la Operación Renta de cada año, cuando efectivamente esas retenciones son informadas al SII y pasan a ser un saldo a tu favor, del cual se descontará el monto a pagar por la o las cuotas correspondientes a los beneficios que solicitaste.
Si luego de realizar el pago, se genera un excedente porque tus retenciones superan el monto a pagar, podrás solicitar su devolución o abonar a tus próximas cuotas.