Si solicitaste el Préstamo Solidario, en la Operación Renta 2025 deberás pagar la última cuota del Préstamo año 2020 y/o del Beneficio Especial para Independientes 2020, y la tercera cuota del Préstamo Solidario 2021, de acuerdo al siguiente detalle:
Beneficio | N° Cuota | Corresponde a: |
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Préstamos Solidario 2020 | 4 (última cuota) | 30% del monto solicitado reajustado según IPC |
Beneficio Especial para Independientes 2020 | 4 (última cuota) | 30% del monto solicitado reajustado según IPC |
Préstamos Solidario 2021 | 3 | 30% del monto solicitado reajustado según IPC |
Consulta el detalle de los beneficios que solicitaste
Mientras tengas un saldo pendiente por los beneficios que solicitaste, tienes la obligación de presentar tu Declaración de Renta, porque es en este proceso donde de calcula el monto de la o las cuotas y se realiza su pago. Además, solo de esta forma podrás solicitar la devolución de excedentes, si corresponde.
Al ingresar a declarar Renta, te mostraremos el cálculo del monto a pagar, que considera el valor de la o las cuotas que te corresponden, reajustado según IPC 1 , y los eventuales montos a favor que tengas disponibles, que pueden corresponder a:
Ten presente que:
Ten presente que:
Si al momento de realizar la Declaración de Renta y cancelar el monto a pagar se genera un excedente porque tus retenciones superan el monto a pagar, podrás solicitar su devolución si así lo deseas o bien abonarlo a tu saldo pendiente.