Si deseas prepagar parcial o totalmente el o los Préstamos Solidarios que solicitaste, y que ello se refleje en esta Operación Renta 2025, tienes plazo hasta el 31 de marzo de este año para hacerlo. Si lo realizas después de esa fecha, esos abonos no estarán incorporados en el cálculo del monto a pagar.
Considera que solo si haces prepago TOTAL, se dejará de aplicar la retención adicional de 3% en tus boletas de honorarios y/o sueldos en un plazo de hasta 10 días hábiles.
Puedes realizar el prepago a través del Formulario 50, seleccionando la opción Declarar y pagar (F50), luego Ingresar Nuevos Datos.
En la Línea 59 podrás encontrar los Códigos 830 “Pago anticipado Préstamo Tasa 0% según las Leyes N°21.242, N°21.252”, correspondiente al Préstamo Solidario 2020, y 831 “Pago anticipado Préstamo Tasa 0% según la Ley N°21.323”, para el Préstamo Solidario 2021. Ingresa el monto que deseas pagar, de acuerdo con el beneficio al que deseas abonar o prepagar totalmente.
Revisa este paso a paso para apoyarte en el proceso
Si prepagaste el total del préstamo y tuviste retenciones adicionales durante 2024, debes presentar tu Declaración de Renta para solicitar la devolución de los excedentes.
Si solicitaste el Préstamo Solidario 2020, y durante la Operación Renta 2024 optaste por abonar el total o parte de tus excedentes a las cuotas pendientes, contarás con ese monto a tu favor, el que se descontará del valor a cancelar al momento de realizar el pago del monto 2025.
Pago de la última cuota Préstamo Solidario 2020 y/o Beneficio Especial para Trabajadores Independientes
¿Tienes deudas de cuotas de años anteriores?