La Organización Sin Fines de Lucro (OSFL) tiene que inscribirse en el Registro de Instituciones Sin Fines de Lucro Distribuidoras y/o Receptoras de Productos cuya comercialización se ha vuelto Inviable, presentando el Formulario N°3207, en la oficina del SII correspondiente a su domicilio.
Solicitud de Inscripción Descarga
La empresa que hace la entrega de los alimentos, pañales y/o artículos de higiene debe emitir una guía de despacho debidamente timbrada que identifique los productos que se entregan y explique el motivo por el cual su comercialización se ha vuelto inviable. Las pérdidas deben encontrarse debidamente contabilizadas, dejándose constancia de todas las operaciones llevadas a cabo en el registro de inventarios de la empresa.
Si la OSFL que recibe los alimentos, pañales y/o artículos de higiene actúa como distribuidora, también tiene que emitir una guía de despacho debidamente timbrada al entregar los productos a la institución que finalmente los utilizará o entregará a las personas en situación de vulnerabilidad, junto con llevar el Libro de Guías de Despacho (sean estas electrónicas o en papel).
La OSFL que recibe, ya sea para actuar como distribuidora o como receptora final, tiene que emitir un certificado que acredite la recepción, el que debe ser autorizado por el SII. El RUT, Razón Social y N° de folio deben estar preimpresos, previo a la solicitud de su autorización.
Formato Certificado Acreditación Recepción de Productos cuya Comercialización se ha vuelto inviable
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