La Ley 21.420, Establece un impuesto anual de tasa 2% sobre el Valor normal de mercado (VNM):
Helicópteros |
VNM |
Mayor o igual 122UTA |
Aviones |
VNM |
Mayor o igual 122UTA |
Yates |
VNM |
Mayor o igual 122UTA |
Automóviles |
VNM |
Mayor o igual 62UTA |
A los propietarios sean personas naturales o jurídicas, cuyos bienes estén ubicados en el territorio nacional al 31 de diciembre de cada año.
La Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC), la DIRECTEMAR y el Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCel) deberán informar los bienes que, de acuerdo con sus bases de datos, cumplan las condiciones que establezca el Servicio.
Preguntas Frecuentes
Normativa Vigente
Antecedentes que debe acompañar en la solicitud