Tasación de vehículos
IMPUESTO A AVIONES,
HELICÓPTEROS, YATES Y
VEHÍCULOS DE ALTO VALOR

¿Cuánto es la tasa de impuesto?

La Ley 21.420, Establece un impuesto anual de tasa 2% sobre el precio corriente en plaza (PCP):

Helicópteros

PCP

mayor o igual 122UTA

Aviones

PCP

mayor o igual 122UTA

Yates

PCP

mayor o igual 122UTA

Automóviles

PCP

mayor o igual 62UTA

¿A quién está dirigido?

A los propietarios sean personas naturales o jurídicas, cuyos bienes estén ubicados en el territorio nacional al 31 de diciembre de cada año.

¿Cómo se obtiene la información de estos bienes?

El SII requiere de esta información a DGAC, DIRECTEMAR, y SRCeI u otros organismos competentes.

Conoce Más

Consultar bienes y solicitar modificación

Consultar estado de solicitudes ingresadas

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Material de Ayuda

 
 

Preguntas Frecuentes

 

Normativa Vigente