La Ley 21.420, Establece un impuesto anual de tasa 2% sobre el precio corriente en plaza (PCP):
Helicópteros |
PCP |
mayor o igual 122UTA |
Aviones |
PCP |
mayor o igual 122UTA |
Yates |
PCP |
mayor o igual 122UTA |
Automóviles |
PCP |
mayor o igual 62UTA |
A los propietarios sean personas naturales o jurídicas, cuyos bienes estén ubicados en el territorio nacional al 31 de diciembre de cada año.
El SII requiere de esta información a DGAC, DIRECTEMAR, y SRCeI u otros organismos competentes.
Preguntas Frecuentes
Normativa Vigente