Actualización: febrero 2023

Administrador u Operador de Medios de Pagos Electrónicos

El Administrador u operador de medios de pago electrónicos corresponde a la empresa que administra información y opera principalmente con tarjetas de crédito y débito, ya sean en los establecimientos como en las ventas por internet (no presenciales). Ver guía paso a paso

Obligaciones para los Administradores de pagos electrónicos:

Ajustar los formatos y contenidos de los comprobantes de pago electrónicos o voucher emitidos por sus máquinas de pago electrónicos, de tal forma que contengan la información necesaria para identificar a su emisor. Esta obligación debe ser cumplida a más tardar en diciembre de 2019. (Ver Resoluciones)

Enviar un resumen diario de la información de transacciones realizadas por los contribuyentes comercios, según el formato adjunto, garantizando el anonimato de toda información sobre los consumidores finales.

 

Consideraciones del envío:

  • Debe enviar la información al SII en forma diaria, con un desfase máximo de 3 días.
  • El retardo u omisión en la presentación de la información o la entrega de información errónea o incompleta se encuentra sancionada por el Código Tributario.
  • Este archivo desglosará la venta de un comercio en boleta, factura u otro, de modo de identificar claramente las ventas con boleta del comercio. En este archivo deberá informar todos los comercios de los cuales posea información, señalando si las ventas corresponden a transacciones exentas o afectas a IVA.

    En los casos en que el proveedor no conozca las características o naturaleza de la información de las transacciones, estas se deberán informar como montos afectos y el contribuyente es quien deberá revisar y modificar los montos en el Registro de Compras y Ventas del SII en los casos que corresponda.

Autorización de operadores de medios de pagos electrónicos

Actualmente, los operadores o entidades procesadoras de pagos electrónicos (tarjetas de crédito, débito u otros medios electrónicos) que se encuentran inscritos y autorizados para enviar la información de las transacciones al SII son:

RUT

Razón Social

76832409 -3

CONECTADOS SPA (CONECTADOS)

76948390 -K

RED APOYO SA (SMU)

77190692 - 3

SOCIEDAD OPERADORA DE TARJETAS DE PAGO SANTANDER GETNET CHILE S.A. (GETNET)

96689310 - 9

TRANSBANK S A (TRANSBANK)

99546900 - 6

ISWITCH S A (KLAP)

99560710 - 7

FULLCARGA CHILE S.A (FULLCARGA)

76693183-9

RED GLOBAL S.A. (COMPRAQUI)

76795561-8

HAULMER SPA (HAULMER)

77190661-3

PAGOS Y SERVICIOS S.A. (BCI PAGOS)

76693142-1

KUSHKI CHILE SPA (KUSHKI PAGO)

99584660 - 8

PAYU CHILE SA (PAYU)

76788282-3

DIGITAL PAYMENTS SPA (FPAY)

76233336-8

GUNEI INVESTMENT SPA (AGENDAPRO)

76830014-3

FLOW S.A. (FLOW)

76516950-K

MERCADOPAGO S.A (MERCADOPAGO)

77005329-3

NUVEI CHILE SPA (NUVEI)

77101928-5

SUMUP CHILE SPA (SUMUP)

76446725-6

SOCIEDAD CORA TECNOLOGÍA SPA (CORA)

77427651-3

EBANX CHILE LOCAL PAYMENTS SPA (EBANX)

76400485-K

ANSER INDICUS SPA (FUDO)

77597984-4

KUSHKI OPERADORA S.A

 

Se recuerda que es obligación para los operadores de medios de pagos electrónicos inscribirse en el SII, debiendo cumplir con la normativa establecida en las Resoluciones Ex. SII N° 176 de 2020 y N° 76 del 2021.

La información reportada por los operadores autorizados se cargará de forma automática en el Registro de Compras y Ventas de los contribuyentes, cuando este reemplace la emisión de la boleta electrónica de ventas y servicios, de acuerdo a lo instruido en las Resoluciones antes mencionadas.

Para solicitar su inscripción debe presentar su F2117 solicitando su incorporación, la cual se revisará y en caso de ser aprobada, se entregará la correspondiente respuesta e incorporará en la nómina.

 

*Se recuerda que las transferencias electrónicas no se consideran como un pago electrónico, por lo que se deben emitir las boletas de ventas y servicios electrónicas por los pagos que se reciban bajo esta modalidad