CIRCULAR N°51 DEL 10 DE AGOSTO DEL 2001 Por Circular N° 4 de 10 de enero de 1995, se impartieron instrucciones relacionadas con la inscripción en el Rol Unico Tributario y la declaración de Inicio de Actividades exigida por la ley. Por la presente Circular, se reemplaza el punto 2.1.3.i), sobre "Acreditación del Domicilio" del Inmueble Arrendado de la citada Circular N° 4 del año 1995, por el siguiente: "Se debe presentar original o fotocopia simple del contrato de arriendo (a nombre del contribuyente o alguno de los socios, en el caso de Personas Jurídicas y otros entes). Si el contribuyente emitirá documentos con derecho a crédito fiscal de IVA, es decir facturas, y otros documentos como notas de débito, notas de crédito o guías de despacho, el contrato deberá estar firmado ante Notario, Ministro de Fe del SII u Oficial del Registro Civil (donde no exista Notario)." Saluda a Ud. JAVIER ETCHEBERRY CELHAY DIRECTOR Distribución
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