CIRCULAR N°01 DEL 04 DE ENERO DEL 2005
A.-
Para la aplicación de las normas sobre Corrección Monetaria,
contenidas en la Ley sobre Impuesto a la Renta, respecto de ejercicios o
períodos finalizados al 31 de Diciembre del año 2004 , a
continuación se proporciona la siguiente información:
1.- Cotizaciones
de Monedas Extranjeras y su variación Porcentual TIPOS DE MONEDAS COTIZACIONES AL: VARIACION PORCENTUAL 31.12.2003 30.06.2004 31.12.2004 SEMESTRAL ANUAL Dólar EE.UU. $ 593,80 $ 636,30 $ 557,40 (12,40%) (6,13%) Dólar Canadá 459,53 476,66 463,19 ( 2,83%) 0,80% Dólar Australia 444,46 443,63 433,77 ( 2,22%) ( 2,41%) Dólar Neozelandés 387,98 403,54 400,11 ( 0,85%) 3,13% Libra Esterlina 1.056,21 1.157,12 1.073,37 ( 7,24%) 1,62% 5,55 5,85 5,41 ( 7,52%) ( 2,52%) Franco Suizo 477,64 509,16 492,23 ( 3,33%) 3,05% Corona Danesa 100,07 104,40 102,19 ( 2,12%) 2,12% Corona Noruega 88,48 91,86 92,08 0,24% 4,07% 81,93 84,68 84,26 ( 0,50%) 2,84% Yuan 71,74 76,88 67,35 (12,40%) ( 6,12%) EURO 744,95 775,88 760,13 ( 2,03%) 2,04% DEG 879,19 932,96 862,77 ( 7,52%) ( 1,87%) NOTA: El valor de las monedas extranjeras al
30.06.2004 y 31.12.2004,
corresponde al que se observó en el Mercado Bancario los días
30.06.2004 y 30.12.2004, respectivamente (últimos días hábiles
bancarios), y que publicó el Banco Central de Chile en el Diario
Oficial los días 01.07.2004 y 03.01.2005,
respectivamente.
2.- Cotizaciones de Monedas Nacionales de oro al 31.12.2004 $
170.000 Oro
amonedado de $ 50
$
90.000 Oro
amonedado de $ 20
$
33.000 3.-
Costo de Reposición de Mercaderías Nacionales al 31.12.2004
Con
adquisiciones en el segundo semestre del año 2004 de bienes de su
mismo género, calidad o características, el costo de reposición
tributario será el precio más alto convenido por dichos bienes durante
el año 2004.
En
cambio, si existen sólo adquisiciones en el primer semestre del año
2004, será el precio más alto convenido en dicho semestre,
reajustado en un 1,7%.
Por
el contrario, si no existen adquisiciones en el año 2004, el valor
de libros al término del ejercicio anterior se debe reajustar en un 2,5%. 4.-
Costo de Reposición de Mercaderías adquiridas en el extranjero
al 31.12.2004
El
costo de reposición de aquellos bienes adquiridos en el extranjero
respecto de los cuales exista internación de los de su mismo género,
calidad y características durante el segundo semestre del año 2004
será equivalente al valor de la última importación.
Respecto
de aquellos bienes adquiridos en el extranjero en que la última internación
de los de su mismo género, calidad y características se haya realizado
durante el primer semestre del año 2004, su costo de reposición
será equivalente al valor de la última importación, reajustado en la
variación porcentual semestral de la moneda extranjera de que se
trate, según Cuadro del Nº 1 anterior.
Tratándose
de aquellos bienes adquiridos en el extranjero y de los cuales no exista
importación para los de su mismo género, calidad o características durante
el año 2004, su costo de reposición será equivalente al valor de
libros existente al término del año anterior reajustado en la variación
porcentual anual de la moneda extranjera de que se trate, según Cuadro del Nº 1 anterior. 5.- Reajuste del Capital Propio Inicial Para
ejercicios iniciados el 1º de Enero 2004 y finalizados al 31 de Diciembre
del año 2004 el Capital Propio Inicial debe reajustarse en un
2,5%. 6.- Porcentajes y factores de Actualización Directos MES
EN QUE OCURRIO EL HECHO OBJETO DE ACTUALIZACION PORCENTAJE
DE REAJUSTE FACTOR
DE ACTUALIZACION DIRECTO ENERO 2004 2,8% 1,028 FEBRERO 2004 3,0% 1,030 MARZO 2004 3,0% 1,030 ABRIL
2004 2,6% 1,026 MAYO 2004 2,2% 1,022 JUNIO 2004 1,7% 1,017 JULIO 2004 1,2% 1,012 AGOSTO 2004 1,0% 1,010 SEPTIEMBRE 2004 0,6% 1,006 OCTUBRE 2004 0,5% 1,005 NOVIEMBRE 2004 0,3% 1,003 DICIEMBRE 2004 0,0% 1,000 B.-
REAJUSTE DE LOS REMANENTES O SALDOS NEGATIVOS DE UTILIDADES
TRIBUTABLES Y NO TRIBUTABLES Y EXCESOS DE RETIROS DEL EJERCICIO ANTERIOR Los
Remanentes o Saldos Negativos de Utilidades Tributables y No Tributables y
los Excesos de Retiros determinados al 31 de diciembre del año 2003, según
las normas del artículo 14 de la Ley de la Renta, deben reajustarse por
el ejercicio comercial del año 2004 en un 2,5%. C.-
TABLA DE CALCULO DEL IMPUESTO GLOBAL COMPLEMENTARIO PARA EL AÑO
TRIBUTARIO 2005 RENTA
NETA GLOBAL FACTOR CANTIDAD
A REBAJAR (NO INCLUYE CREDITO 10% DE 1 U.T.A. DEROGADO POR N° 3
ART. UNICO LEY N° 19.753,
D.O. 28.09.2001) DESDE HASTA $
0,00 4.909.896,00 Exento $
0,00 4.909.896,01 10.910.880,00 0,05 245.494,80 10.910.880,01 18.184.800,00 0,10
791.038,80 18.184.800,01 25.458.720,00 0,15 1.700.278,80 25.458.720,01 32.732.640,00 0,25 4.246.150,80 32.732.640,01 43.643.520,00 0,32 6.537.435,60 43.643.520,01 54.554.400,00 0,37 8.719.611,60 54.554.400,01 Y
MAS 0,40 10.356.243,60 UNIDAD
TRIBUTARIA *
UTM Mes de diciembre de 2004 = $
30.308 *
UTA Mes de Diciembre de 2004 (12
x $ 30.308) = $ 363.696 Saluda
a Ud., JUAN
TORO RIVERA DISTRIBUCION: |