1.-
Atendido a que la Variación del Indice de Precios al Consumidor
comprendida entre el mes de Noviembre del año 2005 y el mes de Marzo del
año 2006, dio como resultado un valor de 0,2%, los Impuestos Anuales de
la Ley de la Renta a declarar y pagar en el presente Año Tributario 2006
-hasta el 02 de Mayo del año 2006- en aquella parte del tributo no
cubierta con créditos, impuestos retenidos y/o pagos provisionales
mensuales efectuados durante el año 2005, quedan sujetos a dicho
porcentaje de reajuste (0,2%), de conformidad a lo dispuesto por el Artículo
72 de la Ley de la Renta.
2.-
Por lo tanto, en la primera columna de la Línea 58 del Formulario N° 22,
se anotará como valor un cero coma dos (0,2).
Saluda a Ud.,
RENE GARCIA GALLARDO
DIRECTOR SUBROGANTE
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