CIRCULAR N°27 DEL 08 DE MAYO DEL 2009
En el Diario Oficial de 20 de Abril de
2005, se publicó el extracto de la Circular N° 23, de 14 de abril de 2005, que
impartió instrucciones sobre los archivos electrónicos
relacionados
con la cesión traslaticia de dominio de créditos contenidos en una factura
electrónica y la anotación de las cesiones en el registro público electrónico de
transferencias de créditos, emitida con motivo de la dictación de la Ley N°
19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a una copia de la
factura, y que fue publicada en el Diario Oficial del 15 de diciembre de 2004.
La presente circular tiene por objeto
modificar las instrucciones contenidas en la citada Circular, en lo que se
refiere a la obligación de incorporar en el archivo electrónico de
cesión la
imagen de la representación impresa del documento cedido, en formato PDF, de
manera de facilitar el proceso de transferencia de dichos créditos y asegurar
una mejor atención.
Actualmente, el punto segundo de la
letra A del número 1° del párrafo IV de la Circular N°23 del 14 de abril de
2005, denominado “De la Información que deberá contener
el Archivo Electrónico
de Cesión”, establece que el archivo electrónico de cesión deberá contener,
entre otras menciones, “(…) La imagen de la representación impresa del documento
cedido, en formato PDF (cumpliendo con lo establecido por el SII para la
representación de documentos impresos) (…)”.
A partir de la publicación en extracto
de las presentes
instrucciones,
el cumplimiento de la obligación de incluir la imagen de la representación
impresa del documento cedido, en
formato PDF, contenida en el segundo punto de la letra A del número 1° del párrafo IV de
la Circular en comento, será de carácter opcional para el cedente.
Saluda a Ud.,
RICARDO ESCOBAR
CALDERÓN
DIRECTOR
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