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CIRCULAR N°37 DEL 24 DE JULIO DEL 2012
MATERIA : TABLA DE CÁLCULOS DE REAJUSTES, INTERESES Y MULTAS AGOSTO 2012

La presente Circular tiene por objeto poner en conocimiento de las Unidades del Servicio, la Tabla de Cálculos para la aplicación del reajuste, interés y multa de los Arts. 53 y 97 Nºs. 2 y 11 del Código Tributario, a impuestos adeudados a liquidarse y pagarse en el mes de  AGOSTO DE  2012.

 

NOTAS:

1.      Reajuste Art.72 de la Ley de Impuesto a la Renta.

AÑO         2001    2002    2003    2004    2005    2006    2007    2008    2009   2010    2011    2012
   %  :         0,6      0,1      1,6       0,0       0,0       0,2      0,7       1,7      0,0     0,6       1,4       1,3

2.      En las columnas “Interés” y “Multas”, para impuestos con fecha de vencimiento al último día del mes, debe aplicarse el porcentaje de interés y multa correspondiente al mes siguiente.

3.      El reajuste a que se refiere el Art. 53, publicado en la presente Circular, corresponde a la cifra de variación experimentada por el I.P.C. entregada por el I.N.E. en su publicación oficial y cuyos porcentajes se han determinado mediante la nueva metodología de cálculo del IPC, establecida en el Decreto Supremo N° 322, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, publicado en el Diario Oficial de 29 de enero de 2010 y contenida en la Circular N° 18, de 2010, del SII.

4.      Finalmente y, conforme a lo instruido en la Circular N° 63, de 14.09.2001, la sanción a que se refiere el inciso 2° del N° 11 del Art. 97 del Código Tributario, es aplicable a los contribuyentes que, a contar del 01.07.2002, no declaren o subdeclaren un impuesto de retención o recargo, cuyo plazo de declaración y pago venza a contar de dicha fecha y hayan sido detectados en una actuación o proceso de fiscalización.

Saluda a Uds.,

JULIO PEREIRA GANDARILLAS
DIRECTOR

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