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RESOLUCION Nº 1371, DEL 27 DE MARZO DE 1997
AUTORIZA PARA DELEGAR FACULTADES EN LOS FUNCIONARIOS QUE SE SEÑALA.

VISTOS: Lo dispuesto en el Artículo 6, letra B, No. 7 del Código Tributario, y en el Artículo 20 de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el Artículo 1 del Decreto con Fuerza de Ley No. 7, del Ministerio de Hacienda, de 1980; el Artículo 43 de la Ley No. 18.575, sobre Bases Generales de la Administración del Estado, y

CONSIDERANDO:

1.- Que se ha implementado un procedimiento administrativo destinado a agilizar y simplificar los trámites que se deben cumplir en el Servicio de Impuestos Internos en la tramitación de la posesión efectiva de una herencia, creando un Formulario denominado "DETERMINACION DE IMPUESTO DE HERENCIAS" que deberá ser completado por el Abogado patrocinante de la causa, lo cual permitirá informar en mismo Formulario, en forma conjunta, la autorización de la Inscripción de la Posesión efectiva y la determinación del Impuesto.

2.- Que el mencionado Formulario deberá ser presentado en el Servicio para su revisión, en el mesón del área de Término de Giro, siendo despachado de inmediato si la herencia resulta exenta del pago del impuesto y, en caso contrario luego de la presentación del comprobante de su pago.

3.- Que los Artículos 6, letra B, No. 7 del Código Tributario y 20 de la citada Ley Orgánica facultan a los Directores Regionales para autorizar a funcionarios de su dependencia, para resolver determinadas materias o para hacer uso de alguna de sus atribuciones, debiendo obrar para estos efectos de acuerdo a las instrucciones impartidas por el Director; y

4.- Que para un eficaz funcionamiento del procedimiento implementado, se hace necesario autorizar a los Directores Regionales para que deleguen, en los funcionarios encargados de la atención de público del área de Término de Giro su facultad de informar a los Tribunales sobre materias que dicen relación con la inscripción del auto de posesión efectiva, y sobre la determinación o exención del impuesto cuando el informe respectivo se emita en el Formulario denominado "Determinación del Impuesto de Herencias".

RESUELVO:

PRIMERO. Autorízase a los Directores Regionales para delegar mediante resolución, en los funcionarios del área de Término de Giro, de la sede de la Direcciones Regionales y de las Unidades ubicadas en ciudades de Arica, Chillán y Puerto Montt, la facultad de informar a los Tribunales sobre:

A) Las solicitudes de inscripción del auto de posesión efectiva.

B) La exención del impuesto a las herencias.

C) El monto del impuesto que afecta a una herencia.

Esta facultad será ejercida por los delegados cuando el informe respectivo se emita utilizando el Formulario denominado "Determinación de Impuesto de Herencias"

SEGUNDO: La delegación autorizada se hará sin perjuicio de las facultades delegadas sobre la materia por los Directores Regionales, en el Jefe del Departamento de Herencias de la XIII Dirección Regional, en los Jefes de las Oficinas Jurídicas Regionales y en los abogados ubicados en unidades de Arica, Chillán y Puerto Montt.

Anótese y comuníquese,


JAVIER ETCHEBERRY CELHAY
DIRECTOR