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RESOLUCION EXENTA N°46 DEL 30 DE NOVIEMBRE DEL 2001
MATERIA : MODIFICA RESOLUCION N° EX. 5.661, DE 28.12.2000 MODIFICADA POR RESOLUCIONES EXENTAS N° 24, DE 28.06.2001 Y N° 42, DE 27.09.2001 EN LO QUE SE REFIERE A LA VIGENCIA DE USO DE LOS CUPONES EXPRESADOS EN PESOS Y EN LITROS.

Hoy se ha resuelto lo que sigue:

VISTOS: La facultad que me otorga el artículo 6°, letra A), N° 1, del Código Tributario; y artículos 1° y 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos contenida en el artículo Primero del DFL N° 7, de 1980, del Ministerio de Hacienda; lo dispuesto en el D.L. N° 825, de 1974, sobre Impuesto a las Ventas y Servicios; y en el Decreto Supremo N° 55, de 1977, reglamentario del D.L. N° 825, y

C O N S I D E R A N D O :

Que, la Resolución Ex. N°5.661 de fecha 28 de diciembre de 2000, modificada por la Resoluciones N° Ex. 24, del 28 de junio de 2001 y 42 de 27 de septiembre de 2001, dispuso que las empresas productoras y distribuidoras mayoristas de combustibles que hayan sido autorizadas, por este Servicio, para emitir Cupones de Combustibles, podrán efectuar ventas con este sistema sólo hasta el 30 de septiembre de 2001 para los cupones expresados en litros, y hasta el 30 de noviembre de 2001 para los cupones expresados en pesos. Sin embargo, el plazo máximo para utilizar dichos cupones se extenderá hasta el 31 de diciembre del 2001.

Que, dado que es necesario otorgar al mercado, un mayor plazo para efectuar las adecuaciones correspondientes, tanto a consumidores como a las empresas emisoras de cupones de combustibles, se estima conveniente, modificar el periodo de vigencia de la Resolución N° Ex. 5.661 de 2000, respecto de la fecha límite para el uso de cupones, por parte de los usuarios que adquirieron cupones y que cuentan con stocks pendientes de uso.

S E R E S U E L V E :

1.- Reemplácese el dispositivo número 3 de la Resolución N° Ex. 5.661 de 2000 modificada por las Resoluciones N°s Ex. 24 y 42 de 2001, por el siguiente:

"No obstante lo establecido en los dispositivos números 1 y 2, los cupones expresados en pesos o en litros conservarán su validez hasta el 28 de febrero de 2002 pudiendo ser utilizados hasta dicha fecha."

ANOTESE Y PUBLIQUESE EN EXTRACTO

(FDO) ALFREDO ECHEVERRIA HERRERA

DIRECTOR (S)

Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento y demás fines,

Saluda a Ud.

DISTRIBUCION

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