RESOLUCION EXENTA N°49 DEL 07 DE DICIEMBRE DEL 2001
Hoy se ha resuelto lo que sigue: VISTOS: Lo dispuesto en los
artículos 1° y 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en
el artículo 1° del D.F.L. N° 7, del Ministerio de Hacienda, publicado en el Diario
Oficial del 15 de Octubre de 1980; en el artículo 6°, letra A, N° 1 y en el artículo
63, inciso primero del Código Tributario, contenido en el D.L. N° 830, de 1974, y en los
artículos pertinentes de la Ley sobre Impuesto a la Renta contenida en el artículo 1 del
D.L. 824, de 1974, y CONSIDERANDO: 1.- Que, mediante la Resolución N° Ex
6509, publicada en el D.O. del 20.12.93, modificada por las Resoluciones N°s. Ex 4571,
D.O. 31.10.94; Ex 7211, de 10.12.98 y Ex 5224, D.O. de 30.11.00 se ha establecido la
obligación de emitir certificado con información sobre retenciones de impuestos y sobre
los intereses pagados que en ella se indica. 2.- Que, para los efectos de que los
contribuyentes que perciban rentas por concepto de intereses pagados por el Banco Central
de Chile, puedan cumplir con sus obligaciones tributarias deben contar con la información
respecto de las rentas pagadas por dicho concepto. SE RESUELVE: 1.- Introdúcense las siguientes
modificaciones a la Resolución N° Ex 6509, publicada en el D.O. del 20.12.93, modificada
por las Resoluciones N°s. Ex 4571, D.O. 31.10.94; Ex 7211, de 10.12.98 y Ex 5224, D.O. de
30.11.00 a) En el encabezamiento a continuación de
la palabra "Bancos" agréguese la siguiente frase ",Banco Central de
Chile". b) En el resolutivo N° 2, a continuación
de la palabra "Bancos" agréguese la siguiente frase ",Banco Central de
Chile". 2.- La presente resolución regirá a
contar del Año Tributario 2002, respecto del informe que debe presentarse por las
operaciones efectuadas durante el año comercial 2001 y siguientes. ANOTESE, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE EN
EXTRACTO. (Fdo) ALFREDO ECHEVERRIA HERRERA DIRECTOR (S) Lo que transcribo a Ud., para su
conocimiento y demás fines Saluda a Ud. DISTRIBUCIÓN: |