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RESOLUCION EXENTA N°55 DEL 21 DE DICIEMBRE DEL 2001
MATERIA : ESTABLECE OBLIGACIONES A CUMPLIR SOBRE REGIMEN TRIBUTARIO RESPECTO DEL CUAL PUEDEN OPTAR LOS ACCIONISTAS QUE POSEAN ACCIONES DE SOCIEDADES ANONIMAS ABIERTAS CON PRESENCIA BURSATIL QUE CUMPLAN DETERMINADOS REQUISITOS, CONFORME A LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 2° TRANSITORIO DE LA LEY N° 19.768, DEL AÑO 2001.

Hoy se ha resuelto lo que sigue:


VISTOS:
Lo dispuesto en el artículo 6° letra A N°1 del Código Tributario, contenido en el artículo 1° del D.L. N°830, de 1974, y en el artículo 2° transitorio de la Ley N°19.768, y


CONSIDERANDO:

Que, resulta necesario instruir sobre la forma en que los accionistas de sociedades anónimas abiertas con presencia bursátil, a que se refiere el artículo 2° transitorio de la Ley N°19.768, deben manifestar ante el Servicio de Impuestos Internos su intención de acogerse a lo dispuesto en dicho artículo, y los antecedentes que deben acompañar para ese efecto.


SE RESUELVE:

1.- Los contribuyentes que al 7 de Noviembre del año 2001 tenían acciones de sociedades anónimas abiertas con presencia bursátil, adquiridas ya sea en una bolsa de valores del país; en un proceso de oferta publica de adquisición de acciones regido por el Título XXV de la Ley N°18.045, o en una colocación de acciones de primera emisión, hasta el 19 de Abril del año 2001, inclusive, podrán optar por acoger tales títulos al nuevo régimen de exención de impuesto establecido en el artículo 18° ter de la Ley de la Renta que favorece al mayor valor que se obtenga desde dicha fecha, en la enajenación de acciones de sociedades anónimas abiertas con presencia bursátil, informando de esta decisión a la Dirección Regional que corresponda a la jurisdicción de su domicilio, en la forma, plazo y acompañando los antecedentes que se establecen en la presente resolución.

2.- De conformidad a lo dispuesto en el artículo 2° transitorio de la Ley N°19.768, el plazo dentro del cual el contribuyente debe manifestar su intención de acogerse al régimen tributario señalado en el resolutivo precedente, es de tres meses contado desde la fecha de publicación de la ley, hecho que ocurrió el 7 de Noviembre del año 2001, venciendo, en consecuencia, dicho plazo el 7 de febrero del año 2002.

3.- La manifestación de voluntad señalada deberá efectuarse por escrito, a través de una Declaración Jurada Simple, en la que el contribuyente, junto con expresar dicha intención, deberá indicar el número de acciones que cumplen con las condiciones señaladas en el resolutivo N°1; el nombre o razón social de la o las sociedades anónimas abiertas emisoras de los títulos; el precio promedio ponderado de las transacciones que se hubieren realizado, respecto de igual tipo de acciones, en el período comprendido entre el 24 de Enero del año 2001 y el 18 de Abril del mismo año, ambas fechas inclusive; el valor en que fueron adquiridas dichas acciones y la fecha de su adquisición y, por último, la forma o modo en que se adquirieron los títulos respectivos. La información precedente se entregará mediante el Modelo de Declaración Jurada Simple que se adjunta como Anexo N° 1 a la presente resolución, y sus correspondientes instrucciones para su confección como Anexo N° 2, la cual estará disponible en el Sitio Web de este Servicio (www.sii.cl), de donde podrá ser bajada e impresa para ser llenada con la información que en ella se requiere y presentada en papel en la Dirección Regional o Unidad de este Servicio que corresponda al domicilio del contribuyente.

4.- A la declaración señalada el contribuyente deberá acompañar un certificado emitido por la S.A. abierta emisora de los títulos o el corredor de bolsa que hubiere intervenido en la operación por cada adquisición que se hubiere efectuado, donde se indique la cantidad e identificación de las acciones de que es propietario, si éstas fueron adquiridas en una bolsa de valores del país, en un proceso de oferta pública de adquisición de acciones regido por el Título XXV de la Ley N°18.045, o en una colocación de acciones de primera emisión; información que se proporcionará mediante el Modelo del Certificado que se adjunta como Anexo N° 3 a la presente Resolución, el cual estará disponible en el Sitio Web de este Servicio (www.sii.cl), de donde podrá ser bajado e impreso para su confección y entregarlo en papel al contribuyente que lo solicite a la sociedad anónima o corredor de bolsa, respectiva.

5.- La presente resolución entrará en vigencia a contar de la fecha de su publicación.

 

ANOTESE, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE EN EXTRACTO

 

JAVIER ETCHEBERRY CELHAY

DIRECTOR

 

 

ANEXOS:

  1. Declaración Jurada Simple
  2. Instrucciones para confección de Declaración Jurada Simple
  3. Modelo de Certificado sobre emisión de acciones acogidas a lo dispuesto en el Artículo 2° transitorio de la Ley N° 19.768, de 2001

 

Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento y demás fines.

Saluda a Ud.

Secretario General

 

DISTRIBUCION:

  • AL DIARIO OFICIAL (EN EXTRACTO)
  • SECRETARIA DIRECTOR
  • SUBDIRECCION NORMATIVA
  • SUBDIRECCION DE FISCALIZACION
  • SECRETARIA GENERAL
  • DEPTO.ASEORIA JURIDICA
  • DEPTO. DE IMPUESTOS DIRECTOS
  • OFICINA DE PARTES
  • A INTERNET