RESOLUCION EXENTA N°14 DEL 06 DE MARZO DEL 2003
VISTOS:
Lo
dispuesto en el artículo 6°, letra A) N° 1 del Código Tributario; en el artículo
7° del D.F.L. N° 7, de 1980, que fija el texto de la Ley Orgánica del
Servicio de Impuestos Internos, y CONSIDERANDO:
1.
Que, en virtud del texto actual de la Resolución N° Ex 7212, de fecha 2
de diciembre de 1998, de esta Dirección Nacional, los contribuyentes de la
Primera Categoría deben informar a este Servicio respecto de la nómina
actualizada de socios y su porcentaje de participación en el capital y
utilidades de la sociedad o comunidad. Esta obligación formal se cumple
mediante una declaración jurada contenida en el formulario 1824. 2.
Que, en cumplimiento de las funciones de este Servicio de velar por una
eficiente administración y fiscalización de los impuestos, existe un interés
constante por mejorar todos los procesos de fiscalización que aplica
así como de optimizar la
información que se utilizan para el logro de esta función.
RESUELVO: 1.-
DERÓGASE
la Resolución Exenta N° 7.212, de 02 de diciembre de 1998,
publicada en el Diario Oficial de 10 de Diciembre de 1998
que establece la obligación
de presentar Declaración Jurada Anual N° 1824, sobre nómina actualizada de
socios y comuneros y porcentaje de participación en el capital y utilidades de
la sociedad o comunidad.
(FDO.)
ALFREDO ECHEVERRIA HERRERA Lo
que comunico a Ud. para su conocimiento y fines consiguientes, Saluda
a Ud., |