RESOLUCION EXENTA SII N°30 DEL 13 DE JUNIO DEL 2003
Hoy
se ha resuelto lo que sigue: VISTOS: 1°
El escrito de fecha 11 de marzo de 2003, presentado por don Alfredo Diez Lillo
en representación de Esso Chile Petrolera Ltda. RUT N° 79.588.870-5, con
domicilio en Avda. Pedro de Valdivia 291 Providencia, donde solicita
complementar la Resolución Ex. N° 13 del 23-02-2003, para utilizar un terminal
marca Ingénico, modelo Elite 510 en reemplazo del terminal marca Verifone
modelo OMNI 490. 2°
La Resolución Ex. N° 7022 del 18 de octubre de 1999 que autorizó a Esso Chile
Petrolera Ltda. a eximirse de los requisitos establecidos en la Resolución Ex.
N° 1661 de 1985, respecto de la emisión de guías de despacho. 3°
La Resolución Ex. N° 13 del 26 de febrero de 2003 que autorizó a Esso Chile
Petrolera Ltda. Para adoptar el sistema integrado de venta de combustibles y
lubricantes a través de tarjetas de crédito y de combustibles a través de
tarjetas prepagadas, denominado Essocard. CONSIDERANDO
: 1°
Que, de acuerdo a Minuta N° 197 del 23-10-2002 del Subdirector de Informática
del Servicio de Impuestos Internos, el terminal marca Ingenico modelo Elite 510
puede reemplazar a cabalidad al terminal marca Verifone modelo OMNI 490, ya que
realiza las mismas funciones que el terminal actualmente en uso, diferenciándose
sólo en aspectos técnicos que corresponden a una actualización tecnológica. SE
RESUELVE: 1°
AUTORÍZASE a la empresa ESSO CHILE PETROLERA LTDA. RUT: 79.588.870-5, la
renovación de los terminales marca Verifone modelo OMNI 490 por terminales
marca Ingenico modelo Elite 510, en razón a que corresponde a una actualización
tecnológica del sistema autorizado a través de la Resolución N° 13 del
26-02-2003. 2°
A medida que se efectúe el reemplazo de los terminales Verifone por Ingenico,
se deberá presentar aviso previo en la Dirección Regional con jurisdicción en
el domicilio de la estación de servicio, de manera que ella tome conocimiento .
3°
La presente Resolución deberá ser publicada en extracto en el Diario Oficial,
por cuenta y costo de la empresa peticionaria, entrando en vigencia a contar del
día 1° del mes siguiente al de su publicación. Anótese,
comuníquese y notifíquese. JUAN
TORO RIVERA Lo
que transcribo a Ud., para su conocimiento y demás fines. Saluda
a Ud., DISTRIBUCIÓN: |