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RESOLUCION EXENTA SII N°74 DEL 16 DE DICIEMBRE DEL 2003
MATERIA : NUEVO DISEÑO PARA EL FORMULARIO 29 DE DECLARACIÓN Y PAGO SIMULTANEO MENSUAL DE IMPUESTOS.

Hoy se ha resuelto lo que sigue: 

                        VISTOS:Las facultades contempladas en los artículos 1° y 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo 1° del D.F.L. N° 7, del Ministerio de Hacienda, publicado en el Diario Oficial el 15 de Octubre de 1980; en el artículo 6°, letra A, N° 1 y en los artículos N°s 29 y 30 inciso primero del Código Tributario, contenido en el Artículo 1° del Decreto Ley N° 830, de 1974, y
 

CONSIDERANDO:  

1°)   Que, es un propósito permanente de este Servicio mejorar el control y fiscalización de los impuestos que en conformidad con el Artículo 1° de su Ley Orgánica le corresponde practicar a este organismo, y de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes; 

2°)   Que, existe la necesidad de modificar el actual diseño del formulario 29, debido a que desde el inicio de su utilización se han incorporado nuevos impuestos que deben ser declarados y pagados a través de él por los contribuyentes, sin que se hayan realizado las necesarias modificaciones en la estructura del formulario; 

3°)   Que, el Artículo 29 del Código Tributario establece que la presentación de declaraciones con el objeto de determinar la procedencia o liquidación de un impuesto, se hará de acuerdo con las normas legales o reglamentarias y con las instrucciones que imparta la Dirección incluyendo toda la información que fuere necesaria; 

4°)   Que, por su parte el Artículo 30 del mismo texto legal dispone que las declaraciones se presentarán por escrito, bajo juramento, en las oficinas del Servicio u otras que señale la Dirección, en la forma y cumpliendo las exigencias que ésta determine; 

5°)   Que, el Artículo 32 del Código Tributario dispone que el Servicio de Impuestos Internos proporcionará los formularios para realizar las declaraciones.
 

SE RESUELVE:  

1°    A partir del período tributario mayo del 2004, los contribuyentes obligados a declarar y pagar mensualmente sus obligaciones tributarias a través del Formulario 29, sobre Declaración y Pago Simultáneo Mensual, deberán utilizar el nuevo diseño de dicho documento que se denomina “DECLARACIÓN MENSUAL Y PAGO SIMULTÁNEO FORMULARIO 29”, sujetándose a las “Instrucciones para llenar el formulario N° 29 de declaración y pago de IVA e impuestos adicionales a las ventas, retenciones de impuesto a la renta y pagos provisionales mensuales”, documentos que se incorporan en Anexos N°s 1 y 2 respectivamente, los cuales para todos los efectos legales forman parte integrante de la presente resolución.  

2°    Las declaraciones mensuales de impuestos que deban ser efectuadas por medio del formulario 29, y que correspondan a  períodos tributarios anteriores al indicado en el resolutivo N° 1, deberán utilizar el formulario 29 vigente en dichos períodos, aún cuando se presenten con posterioridad a la vigencia del nuevo diseño dispuesto por el resolutivo anterior.  

3°    Las declaraciones rectificatorias de los formularios 29, deberán ser presentadas con el diseño de dicho formulario, vigente en el período tributario al cual corresponde la declaración original respectiva.

 

ANÓTESE COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EXTRACTO  

 

(FDO.) JUAN TORO RIVERA
DIRECTOR

DISTRIBUCION:
-      Al Diario Oficial  
-      Secretaría del Director  
-      Subdirección de Fiscalización  
-      Departamento de Operación IVA y Catastro de Contribuyentes  
-      Internet  
-      Oficina de Partes

ANEXOS
Anexo 1(Anverso)
Anexo 1(Reverso)
Anexo 2