RESOLUCION EXENTA SII N°01 DEL 02 DE ENERO DEL 2004
VISTOS: Lo
dispuesto en el artículo 6°, Letra A), No. 1, del Código Tributario,
contenido en el artículo 1° del D.L. N° 830, de 1974;
en el artículo 56°, incisos 3° y 4°, de la Ley sobre Impuesto a
las Ventas y Servicios, contenida en el artículo 1° del D. L. 825, de
1974 y, CONSIDERANDO:
1°
Que, los contribuyentes que se indican
en Resolutivo primero han postulado como emisores de documentos
tributarios electrónicos y han cumplido los requisitos establecidos en la
Resolución Ex. SII N°45 de septiembre de 2003 para ser autorizados.
SE
RESUELVE: Primero:
Autorízanse como emisores electrónicos a partir del mes de Enero
de 2004 a los siguientes contribuyentes: -
Banco del Desarrollo, RUT
97.051.000-1 -
Manantial S.A. RUT
96.711.590-8 En
el sitio Web del SII se podrá consultar los documentos que cada
contribuyente está autorizado a emitir en forma electrónica. Segundo: Los contribuyentes autorizados como emisores electrónicos deberán cumplir lo establecido en la Resolución Ex. SII N° 45 de Septiembre de 2003. Anótese, comuníquese y publíquese en extracto
(Fdo.)
JUAN TORO RIVERA
Lo
que transcribo a Ud., para su conocimiento y demás fines Distribución: - Internet - Diario Oficial en extracto |