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RESOLUCION EXENTA SII N°03 DEL 16 DE ENERO DEL 2004
MATERIA : AUTORIZA COMO EMISORES DE DOCUMENTOS TRIBUTARIOS ELECTRÓNICOS A CONTRIBUYENTES QUE SEÑALA.

Hoy se ha resuelto lo que sigue: 

VISTOS: Lo dispuesto en el artículo 6°, Letra A), No. 1, del Código Tributario, contenido en el artículo 1° del D.L. N° 830, de 1974;  en el artículo 56°, incisos 3° y 4°, de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, contenida en el artículo 1° del D. L. 825, de 1974  y, 

CONSIDERANDO: 

1° Que, los contribuyentes que se detallan en Resolutivo primero han postulado como emisores de documentos tributarios electrónicos y han cumplido los requisitos establecidos en la Resolución Ex. SII N°45 de septiembre de 2003 para ser autorizados.  

                                                                             SE RESUELVE: 

Primero:     Autorízase como emisores electrónicos a contar del mes de Enero de 2004 a los siguientes contribuyentes:

-    ADEXUS S.A., RUT 96.580.060-3
-   
IANSAFRUT S.A., RUT 96.772.810-1
-   
IANSAAGRO S.A., RUT 90.278.000-9
-   
ZAP TELEVISIÓN SATELITAL DIRECTA AL HOGAR LTDA., RUT 76.020.870-1
 

Autorízase como emisores electrónicos a contar del mes de Febrero de 2004 a los siguientes contribuyentes:

-   AGENCIA DE ADUANAS EDMUNDO BROWNE V. Y CIA. LTDA., RUT 78.135.280-2
-  
COMPUTACIÓN Y COMUNICACIONES S.A. RUT 96.595.020-6
 

En el sitio Web del SII se podrá consultar los documentos que cada contribuyente está autorizado a emitir en forma electrónica. 

Segundo:      Los contribuyentes autorizados como emisores electrónicos deberán cumplir lo establecido en la Resolución Ex. SII N° 45 de Septiembre de 2003.
 

Anótese, comuníquese y publíquese en extracto.
 

 (Fdo.)    ALFREDO ECHEVERRIA HERRERA
DIRECTOR (S)

Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento y demás fines 

Distribución:
-   Internet
-   Diario Oficial en extracto