RESOLUCION EXENTA SII N°43 DEL 31 DE MARZO DEL 2004
Hoy se ha resuelto lo que
sigue: VISTOS:
Las necesidades del Servicio; las facultades que se me confieren en el
artículo 3° y en las letras c), h) y n) del artículo 7° de la Ley
Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el Decreto
con Fuerza de Ley N° 7, de Hacienda, de 1980 y lo dispuesto en las
Resoluciones N° 379 y Ex. N° 7.590, de 4 de diciembre de 1991 y 15 de
noviembre de 1999, respectivamente, de esta Dirección; y, CONSIDERANDO: La
necesidad de adecuar la organización de la Subdirección de Fiscalización,
a fin de abordar con éxito y con el máximo de eficacia las labores
propias de esa Subdirección, diferenciando las distintas áreas o
procesos que abarca el concepto fiscalización; El
interés constante por mejorar todos los procesos de fiscalización que
este Servicio aplica, específicamente en orden a fomentar y masificar el
uso de la factura electrónica y otros documentos tributarios electrónicos,
desarrollando y adaptando los procedimientos administrativos que dicen
relación con los mismos, fomentando el cumplimiento tributario
voluntario; y En
cumplimiento de las funciones propias de este Servicio de velar por una
eficiente administración de los impuestos, tendiente a agilizar y
optimizar la atención a los contribuyentes RESUELVO: 1.
Reemplázase el número 4 de la letra A.- de la Resolución N°
379, de 4 de diciembre de 1991, por el siguiente: “4.-
Departamento Subdirección de Fiscalización: -
Departamento de Control de Gestión de la Fiscalización; -
Departamento de Fiscalización Selectiva e Internacional; -
Departamento de Operación Renta; -
Departamento de Operación IVA y Catastro de Contribuyentes; -
Oficina de Prevención del Fraude Fiscal; -
Oficina de Fiscalización de Organizaciones sin Fines de Lucro y
Entidades Fiscales; -
Oficina de Casos Especiales y, -
Oficina de Factura Electrónica y Documentos de Venta.” 2.
Al Departamento de Control de Gestión de la Fiscalización le
corresponderán las siguientes atribuciones, obligaciones,
responsabilidades y funciones: a.
Implementar mecanismos de apoyo y supervisión de la gestión
fiscalizadora desarrollada por las Direcciones Regionales y por la Dirección
de Grandes Contribuyentes; b.
Implementar mecanismos de apoyo y supervisión de la gestión
fiscalizadora desarrollada por los Departamentos y Oficinas de la
Subdirección de Fiscalización; c.
Evaluar el desempeño de las Direcciones Regionales y de la Dirección
Grandes Contribuyentes en las materias inherentes a la Subdirección de
Fiscalización; d.
Implementar mecanismos que permitan medir la calidad de atención
al contribuyente en las distintas unidades del Servicio que desarrollen
labores de fiscalización; y, e.
Otras actividades que la Subdirección de Fiscalización estime de
competencia de este Departamento. 3.
Al Departamento de Fiscalización Selectiva e Internacional le
corresponderán las siguientes atribuciones, obligaciones,
responsabilidades y funciones: a.
Preparar y coordinar planes de fiscalización selectiva para
combatir la evasión fiscal, velando por el cumplimiento de la ley
tributaria chilena en los distintos sectores económicos, tanto en el área
tributaria interna como internacional; b.
Recopilar antecedentes, programar y realizar labores de detección
de aquellos contribuyentes que desarrollan su actividad en condiciones de
marginalidad de la tributación, eludiendo o evadiendo los tributos que
conforme a las Leyes debieran pagarse al Estado de Chile. Asimismo, le
corresponderá recopilar antecedentes, programar y realizar labores de
detección respecto de los ingresos generados en el exterior y de los
convenios internacionales sobre exención de impuestos, eliminación de la
doble tributación internacional o sobre intercambio de información,
entre otros; c.
Supervisar la fiscalización y evaluar el desarrollo de las
actividades fiscalizadoras de las Direcciones Regionales y de la Dirección
Grandes Contribuyentes en el área de tributación fiscal interna e
internacional; y, d.
Otras actividades que la Subdirección de Fiscalización estime de
competencia de este Departamento. 4.
Al Departamento de Operación IVA y Catastro de Contribuyentes le
corresponderán las siguientes atribuciones, obligaciones,
responsabilidades y funciones: a.
Diseñar e implementar planes de fiscalización masiva y
estructurada del Impuesto a las Ventas y Servicios; b.
Fiscalizar en forma sistemática, masiva y computacional los
formularios con las declaraciones de impuestos mensuales presentadas por
los contribuyentes a través de medios tecnológicos, electrónicos, magnéticos
o en papel; c.
Proponer planes para mejorar la obtención de información externa
o la administración de la información interna necesaria para una
eficiente fiscalización masiva del Impuesto a las Ventas y Servicios; d.
Supervisar el cumplimiento por parte de las Direcciones Regionales
de las instrucciones relacionadas con la denominada Operación IVA; e.
Administrar y mantener actualizado el Catastro de Contribuyentes o
Rol Único Tributario; f.
Coordinar y controlar la operación de las áreas destinadas en las
Direcciones Regionales y Unidades a la atención de solicitudes de RUT de
las personas jurídicas y extranjeros y a la emisión y distribución de
las cédulas de Rol Único Tributario; g.
Coordinar y controlar la operación de las distintas unidades
dedicadas a la Iniciación de Actividades, timbraje de documentos,
peticiones administrativas de los contribuyentes, Herencias y Término de
Giro; h.
Proponer normas e instrucciones para el uso de máquinas
registradoras o de sistemas mecánicos, electrónicos, digitales o
computacionales relacionados con la forma de cumplir con determinadas
obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes; i.
Preparar, coordinar y evaluar las actividades de Presencia
Fiscalizadora que desarrollan las unidades del Servicio; y, j.
Otras actividades que la Subdirección de Fiscalización estime de
competencia de este Departamento. 5.
Al Departamento de Operación Renta le corresponderán las
siguientes atribuciones, obligaciones, responsabilidades y funciones: a.
Fiscalizar en forma sistemática, masiva y computacional los
formularios que contienen las declaraciones de impuestos a la renta
presentadas por los contribuyentes a través de medios tecnológicos,
electrónicos, magnéticos o en papel; b.
Proponer y solicitar programas computacionales tendientes a
facilitar y simplificar el cumplimiento tributario de los contribuyentes
en la Operación Renta; c.
Mejorar la calidad y oportunidad de la información de los procesos
o subprocesos relacionados con la Operación Renta; d.
Preparar nuevos formularios para las declaraciones juradas que
deban presentar los agentes retenedores o informantes para ser utilizados
en la Operación Renta y revisar los existentes; e.
Supervisar el cumplimiento por parte de las Direcciones Regionales
de las instrucciones relacionadas con la Operación Renta; f.
Proponer planes masivos de fiscalización de los impuestos a la
Renta contenidos en el D.L. N° 824, de 1974; g. Coordinar con otras áreas del Servicio la publicación de suplementos tributarios relacionados con las declaraciones juradas que deban presentar los agentes retenedores o informantes y con las declaraciones de Impuestos a la Renta; y, h.
Otras actividades que la Subdirección de Fiscalización estime de
competencia de este Departamento. 6.
A la Oficina de Prevención del Fraude Fiscal le corresponderán
las siguientes atribuciones, obligaciones, responsabilidades y funciones: a.
Programar y realizar labores de detección de contribuyentes en
condiciones de marginalidad de la tributación fiscal interna; b.
Realizar estudios de las diversas actividades económicas y
elaborar programas tendientes a detectar fraudes fiscales; c.
Supervisar el cumplimiento por parte de las Direcciones Regionales
y Dirección Grandes Contribuyentes de las actividades relacionadas con la
detección y fiscalización del fraude fiscal; d.
Identificar e investigar personas naturales o jurídicas que
desarrollan actividades ilícitas y que violan las leyes tributarias; e.
Identificar potenciales áreas de fraude tributario; f.
Generar y sistematizar información relevante que sirva de apoyo a
las instancias encargadas de llevar a cabo los procesos judiciales
relacionados con la persecución del fraude fiscal; y, g.
Otras actividades que la Subdirección de Fiscalización estime de
competencia de esta Oficina. 7.
A la Oficina de Fiscalización de Organizaciones Sin Fines de Lucro
y Entidades Fiscales le corresponderán las siguientes atribuciones,
obligaciones, responsabilidades y funciones: a.
Proponer y coordinar programas para fiscalizar el cumplimiento
tributario de las Organizaciones Sin Fines de Lucro (OSFL) y de las
Entidades Fiscales; b.
Supervisar el cumplimiento por parte de las Direcciones Regionales
y Dirección Grandes Contribuyentes de las instrucciones relacionadas con
la fiscalización de los contribuyentes señalados precedentemente; c.
Proponer normas, instrucciones y medidas administrativas de
comportamiento tributario de las OSFL y Entidades Fiscales que apunten a
facilitar el cumplimiento tributario y controlar la evasión; d.
Generar y actualizar permanentemente la caracterización y universo
del respectivo segmento de contribuyentes; y, e.
Otras actividades que la Subdirección de Fiscalización estime de
competencia de esta Oficina. 8.
A la Oficina de Casos Especiales le corresponderán las siguientes
atribuciones, obligaciones, responsabilidades y funciones: a.
Ejecutar planes pilotos de fiscalización sobre ciertas figuras
evasivas, grupos de contribuyentes específicos, que permitan obtener
información y conclusiones relevantes, para su posterior sistematización
al nivel de la fiscalización nacional y regional; b.
Proponer normas, instrucciones, metodologías y medidas
administrativas orientadas a mejorar la eficacia y eficiencia de la acción
fiscalizadora, a partir de las conclusiones obtenidas de los casos
especiales ejecutados en la modalidad de planes piloto; c.
Realizar fiscalizaciones especiales de casos emergentes que deban
ser tratados por la Subdirección de Fiscalización; y, d.
Otras actividades que la Subdirección de Fiscalización estime de
competencia de esta Oficina. 9.
A la Oficina de Factura Electrónica y Documentos de Venta le
corresponderán las siguientes atribuciones, obligaciones,
responsabilidades y funciones: a.
La supervisión y atención central de la operación regional en el
uso de Facturas Electrónicas y demás documentos tributarios electrónicos;
b.
La supervisión y atención central de la operación regional de
las devoluciones de IVA; c.
La supervisión y atención central de la operación regional del
proceso de facturas falsas; d.
Supervisar la fiscalización y evaluar el desarrollo de las
actividades fiscalizadoras asociadas a las resoluciones de cambio de
sujeto vigentes y analizar la pertinencia de establecer dicha modalidad en
otros sectores de la economía; e.
El registro y control de Agentes Retenedores, empresas hoteleras,
contribuyentes con recuperación anticipada del IVA Exportador y
exportadores de servicios y, la emisión de la Nómina de Difícil
Fiscalización; f.
Proponer respuestas a las consultas relacionadas con materias de
fiscalización de su competencia; generar estadísticas, planes masivos y
selectivos sobre las mismas; especificar e implementar proyectos informáticos
y procedimientos administrativos y; g.
Otras actividades que la Subdirección de Fiscalización estime de
competencia de esta Oficina. 10.
A partir de la entrada en vigencia de la presente resolución, déjanse
sin efecto los dispositivos 1° al 8° de la Res. Ex. N° 46, de 31 de
diciembre de 2002. 11.
La presente Resolución regirá a partir del primero de abril de
2004. ANÓTESE,
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EXTRACTO (Fdo.)
JUAN TORO RIVERA DIRECTOR
Lo
que transcribo para su conocimiento y demás fines,
Saluda a Ud., Distribución: -
A Internet -
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