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RESOLUCION EXENTA SII N°52 DEL 28 DE MAYO DEL 2004
MATERIA : AUTORIZA COMO EMISORES DE DOCUMENTOS TRIBUTARIOS ELECTRÓNICOS A CONTRIBUYENTES QUE SEÑALA

Hoy se ha resuelto lo que sigue: 

VISTOS: Lo dispuesto en el artículo 6°, Letra A), N° 1, del Código Tributario, contenido en el artículo 1° del D.L. N° 830, de 1974; en el artículo 56°, incisos 3° y 4°, de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, contenida en el artículo 1° del D. L. 825, de 1974 y, 

CONSIDERANDO:

1° Que, en Res. Ex. SII N° 08 del 23 de Enero de 2004, se ha delegado en el Subdirector de Fiscalización, la facultad establecida en el inciso tercero del artículo 56° de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios contenida en el D. L. 825, de  1974. 

2° Que, de acuerdo a lo establecido en la Resolución citada en el considerando precedente, esta facultad delegada se aplicará para autorizar como emisores de Documentos Tributarios Electrónicos a los contribuyentes y entidades del Estado que cumplan en forma satisfactoria el proceso de postulación y certificación obligatorio a que se hace mención en el resolutivo segundo de la Res. Ex. SII N° 45 de septiembre de 2003.  

3° Que, los contribuyentes que se detallan en Resolutivo primero han postulado como emisores de documentos tributarios electrónicos y han cumplido los requisitos establecidos en la Res. Ex. SII N° 45 de septiembre de 2003 para ser autorizados. 

                                                                             SE RESUELVE: 

Primero:     Autorízanse como emisores electrónicos a contar del mes de Junio de 2004 a los siguientes contribuyentes: 

-        CONTROLES Y EQUIPOS LTDA., RUT 88.399.000-5
-        KÜPFER HERMANOS S.A., RUT 90.844.000-5 
-        IMPORTADORA CAFÉ DO BRASIL S.A.,   RUT 93.178.000-K
-        AZURIAN CHILE S.A.,    RUT 96.913.280-K

En el sitio Web del SII se podrá consultar los documentos que cada contribuyente está autorizado a emitir en forma electrónica. 

Segundo:      Los contribuyentes autorizados como emisores electrónicos deberán cumplir lo establecido en la Resolución Ex. SII N° 45 de Septiembre de 2003. 

Anótese, comuníquese y publíquese en extracto. 

(Fdo.) BENJAMÍN SCHÜTZ GARCÍA
SUBDIRECTOR DE FISCALIZACIÓN

Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento y demás fines

Distribución:
-        Internet

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Diario Oficial en extracto