| RESOLUCION EXENTA SII N°62 DEL 13 DE JULIO DEL 2004 
Hoy
        se ha resuelto lo que sigue:   VISTOS:
        Las
        facultades contempladas en los artículos 1° y 7° de la Ley Orgánica
        del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo 1° del
        D.F.L. N° 7, del Ministerio de Hacienda, publicado en el Diario Oficial
        del 15 de Octubre de 1980; en el artículo 6°, letra A, N° 1 y en los
        artículos N°s 29 y 30 inciso primero del Código Tributario, contenido
        en el D.L. N° 830, de 1974, la Resolución Ex. N° 74 de fecha
        16 de diciembre de 2003, modificada por la Resolución Ex. N° 45 del 30
        de abril de 2004, y  CONSIDERANDO: 1°) Que, el resolutivo N°1
        de la Resolución Exenta SII N° 74 del 16 de Diciembre de 2003 dispone
        que los contribuyentes obligados a declarar y pagar los tributos
        mensuales deberán utilizar el nuevo diseño del documento que se
        denomina “DECLARACIÓN MENSUAL Y PAGO SIMULTÁNEO FORMULARIO 29”,
        sujetándose a las “Instrucciones para llenar el formulario N° 29 de
        declaración y pago de IVA e impuestos adicionales a las ventas,
        retenciones de impuesto a la renta y pagos provisionales mensuales”
        allí señaladas. 2°) Que, el resolutivo N°1
        de la Resolución Exenta SII N° 74 de fecha 16 de diciembre de 2003,
        modificada por la Resolución Ex. N° 45 del 30 de abril del 2004, señala
        que se deberá utilizar el nuevo diseño del formulario 29 a partir del
        periodo tributario septiembre del 2004.  3°) La necesidad que
        existe y el interés del Servicio de Impuestos Internos de facilitar y
        fomentar el cumplimiento voluntario por parte de los contribuyentes
        considerando la importancia de la autodeclaración efectuada por el
        contribuyente a través de los sistemas, procedimientos, normativa y
        asistencia que se pone a disposición de los mismos, y mejorar la 
        fiscalización a través de las declaraciones presentadas. SE
        RESUELVE:  1°         Reemplázase los
        anexos N° 1 y 2 de la Resolución Exenta SII N°74 de 16 de Diciembre
        del 2003, por los de igual numeración que se anexan a esta Resolución,
        los cuales para todos los efectos legales forman parte integrante de
        esta Resolución.  2°
         
              Las copias impresas del nuevo diseño
        del formulario 29, anexo a la presente Resolución, que se puedan
        obtener desde el sitio WEB del Servicio de Impuestos Internos, no son válidas
        para declarar y pagar en los Bancos o Instituciones Financieras
        autorizadas.  ANÓTESE COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE
        EN EXTRACTO (FDO)JUAN TORO RIVERA   DISTRIBUCION: ANEXOS: |