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RESOLUCION EXENTA SII N°77 DEL 30 DE JULIO DEL 2004
MATERIA : AUTORIZA COMO EMISORES DE DOCUMENTOS TRIBUTARIOS ELECTRÓNICOS A CONTRIBUYENTES QUE SEÑALA.

Hoy se ha resuelto lo que sigue: 

VISTOS: Lo dispuesto en el artículo 6°, Letra A), N° 1, del Código Tributario, contenido en el artículo 1° del D.L. N° 830, de 1974; en el artículo 56°, incisos 3° y 4°, de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, contenida en el artículo 1° del D. L. 825, de 1974 y, 

CONSIDERANDO: 

1° Que, en Res. Ex. SII N° 08, del 23 de Enero de 2004, se ha delegado en el Subdirector de Fiscalización, la facultad establecida en el inciso tercero del artículo 56° de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios contenida en el D. L. 825, de  1974. 

2° Que, de acuerdo a lo establecido en la Resolución citada en el considerando precedente, esta facultad delegada se aplicará para autorizar como emisores de Documentos Tributarios Electrónicos a los contribuyentes y entidades del Estado que cumplan en forma satisfactoria el proceso de postulación y certificación obligatorio a que se hace mención en el resolutivo segundo de la Res. Ex. SII N° 45, de Septiembre de 2003.  

3° Que, los contribuyentes que se detallan en Resolutivo primero han postulado como emisores de documentos tributarios electrónicos y han cumplido los requisitos establecidos en la Res. Ex. SII N° 45, de Septiembre de 2003 para ser autorizados. 

                                                                             SE RESUELVE: 

Primero:     Autorízanse como emisores electrónicos a contar del mes de Agosto de 2004 a los siguientes contribuyentes: 

-       CIMM TECNOLOGÍAS Y SERVICIOS S.A., RUT 96.801.810-8
-      
COMERCIAL PANAMERICANA S.A., RUT 85.714.200-4
-      
GESTIÓN Y SISTEMAS S.A., RUT 96.873.490-3
-      
INDUSTRIA ÓPTICA RODENSTOCK CHILE S.A., RUT 92.915.000-7
-      
EMILIO SANDOVAL POO S.A., RUT 84.398.200-K
-      
MANE CHILE S.A., RUT 96.616.380-1
-      
MASISA S.A., RUT 92.257.000-0
-      
MINERA ESCONDIDA LIMITADA, RUT 79.587.210-8
-      
PUGA MUJICA ASOCIADOS S.A., RUT 89.003.900-6
-      
REZEBRA TECHNOLOGIES S.A., RUT 96.944.490-9
 

En el sitio Web del SII se podrá consultar los documentos que cada contribuyente está autorizado a emitir en forma electrónica. 

Segundo:    Los contribuyentes autorizados como emisores electrónicos deberán cumplir lo establecido en la Resolución Ex. SII N° 45, de Septiembre de 2003. 

Anótese, comuníquese y publíquese en extracto.
 

(Fdo.) BENJAMÍN SCHÜTZ GARCÍA
     SUBDIRECTOR DE FISCALIZACIÓN

Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento y demás fines

Distribución:
-   Internet

-   Diario Oficial en extracto